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Estas son las preguntas más frecuentes que surgen sobre la acreencias bancarias sujetas a caducidad, cuyo listado se actualizó este miércoles 14 de mayo. Acá puedes revisarlas y aclarar las tuyas.

24horas.cl Tvn

Miércoles 14 de mayo de 2014

>> PUBLICAN LISTADO DE ACREENCIAS BANCARIAS 2014. CLIC AQUÍ

 

La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) responde por teléfono, por Facebook o vía Twitter (@clientebancario) preguntas sobre acreencias bancarias sujetas a caducidad y los pasos para cobrarlas.

Todos los años las dudas más frecuentes de las personas se refieren a cómo saber si tienen acreencias bancarias a su nombre, cómo saber si efectivamente corresponden al RUT de la persona, cuáles son los pasos para rescatarlas y qué hacer cuando el beneficiario ya está fallecido.

 

Esas respuestas se encuentran en el mismo sitio web de la SBIF y acá las reproducimos con sus respectivas respuestas:

-¿Qué son las acreencias?

Son distintas sumas de dinero que se encuentran depositadas en una entidad bancaria cheques, vale vistas, depósitos a plazo o boletas de garantía, sobre las que se tiene derechos para ser cobradas. Se producen en las distintas operaciones que se realizan durante el año y por las que se emiten documentos que se olvidan o simplemente se desconocen que existen.

En esa lista, por ley, se publican montos de más de más de cinco Unidades de Fomento (U.F.). La información sobre acreencias inferiores a ese monto puede consultarse directamente en cada banco.

-¿Cómo se cobra una acreencia bancaria?

Cada titular puede realizar los trámites o puede asesorarse jurídicamente para ello.

La manera más fácil de buscar el dinero es que la persona encuentre el documento que da cuenta del depósito o el vale vista y se acerque a la entidad bancaria para cobrarlo. Además, si el vale vista está nominativo, basta que el titular pase por la ventanilla con su cédula de identidad para recuperar sus fondos.

El rescate se dificulta cuando la persona no tiene un documento . En ese caso se deberá seguir un proceso en tribunales para recuperar el título y hacer exigible el dinero. Allí es posible que se necesiten los servicios de un abogado.

-¿La información que aparece este año en el buscador del SBIF es actualizada?

En marzo los bancos informan sobre el dinero que no se ha cobrado y se publica en el Diario Oficial. Por ende, las acreencias se actualizan una vez cada año e incluyen todos los dineros que llevan dos años sin movimiento.

Si surgen dudas sobre los montos que aparecen porque, por ejemplo, es similar al cobrado en años anteriores sólo es necesario revisar las columnas con los detalles de la acreencia, pues allí aparece el año en que fue emitida y corroborar que corresponde a la fecha actual.

-¿Qué datos es necesario entregar para buscar las acreencias?

Sólo basta con acudir al buscador y poner el primer nombre y apellido.

-¿Cómo sé que me corresponden las acreencias y no son de otras personas que tengan el mismo apellido?

Para verificar los datos cada persona debe acercarse al banco donde aparece la acreencia y consultar más detalles.

-¿Qué se puede hacer cuando el beneficiario ha fallecido?

En esos casos se debe actuar igual que con cualquier otra herencia. De todos modos, cada banco tiene información sobre el trámite específico.

Asimismo, si en los datos aparece la palabra "sucesión" seguida del nombre del beneficiario significa que el dinero corresponde a los herederos del titular.

-¿Qué pasa si no se cobra una acreencia?

Si el dinero no es reclamado dentro de un plazo de tres años, por ley, pasarán íntegramente a las arcas del Fisco.

A continuación, pon tus datos y revisa si tienes dinero "perdido" en algún banco: