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Anulan multas a empresas eléctricas

La Corte de Apelaciones de Santiago anuló una serie de multas aplicadas a diez empresas por el apagón producido el 7 de noviembre de 2003.

Fabián Mardones

Martes 10 de julio de 2012

En fallo dividido, la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago conformada por la ministra María Soledad Melo, la fiscal judicial Clara Carrasco y la abogada integrante Teresa Álvarez desestimó las multas aplicadas a las empresas Ibener, Arauco, Colbún, CGE, Endesa, Guacolda, Transelec, Eléctrica Santiago, Pehuenche y San Isidro, por la caída del suministro eléctrico en noviembre de 2003.

El tribunal de alzada determinó aplicar el principio de "decaimiento administrativo sancionatorio", debido a que la Superintendencia de Electricidad y Combustibles tardó casi cuatro años -entre junio de 2005 y abril de 2009-, en resolver una reposición al castigo aplicado.

La determinación se adoptó con el voto en contra de la ministra Melo, quien consideró que no se debía aplicar el "decaimiento administrativo sancionatorio", en virtud que este principio no puede ser aplicado por el mero transcurso del tiempo.