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Hasta $102.562 por cada hijo puede recibir una familia como devolución por gastos en educación.

Constanza Solis

Domingo 30 de marzo de 2014

La  Declaración de Renta 2014 se inicia el 1 de abril y, desde el año pasado, los contribuyentes pueden optar a la rebaja de impuestos por gastos de educación.

¿Qué significa este beneficio?

Permitirá a una familiar ahorrar hasta $102.562 (4,4 UF) por cada hijo, siendo sólo los padres los destinatarios de este dinero, sin considerar quién es el apoderado o quién paga la institución de educación.

 

¿Cuáles son los requisitos?

- Las renta anual total entre ambos padres no pueden exceder los 792 U.F. es decir $18.461.172 al 31 de diciembre del 2013.

- En caso de que los padres estén divorciados también se considera el monto de referencia anterior.

- Tener uno o más hijos, menores de 25 años, que cuenten con un certificado de matrícula emitido por una institución de enseñanza preescolar, básica, diferencial o media, reconocida por el Estado.

Nómina de instituciones reconocidas por el Estado

- Dentro de este mismo punto, el alumno debe tener un mínimo de asistencia del 85%, excepto si tienen algún impedimento justificado o casos de fuerza mayor.

 

¿Cómo realizo el trámite?

Ambos padres, por común acuerdo, antes de realizar la declaración pueden firmar una declaración jurada simple explicando cuál será el beneficiario del 100% del dinero. Si no realiza este trámite, ambos recibirán la mitad correspondiente.

Para conocer cuánto es la rebaja a la que puede acceder, el Servicio de Impuestos Internos (SII) recomienda utilizar el Simulador de Beneficio, donde podrá verificar si puede postular y el monto del descuento.

REVISA AQUÍ SI CUMPLES EL BENEFICIO POR GASTOS EN EDUCACIÓN

 

SII habilita portal para facilitar la Operación Renta 2014

Operación Renta