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Publican Ley de Quiebra con énfasis en el reemprendimiento

El Presidente Sebastián Piñera, destacó que aquellas empresas o personas que son viables, pero que están teniendo dificultades, tendrán un marco jurídico ágil y eficaz, para llegar a acuerdos con sus acreedores.

José Morgado

Jueves 9 de enero de 2014

En La Moneda y con la presencia del ex ministro de Economía, Pablo Longueira, el Presidente de la República, Sebastián Piñera, encabezó la ceremonia de promulgación de la nueva Ley de Quiebras.

La iniciativa -que reemplaza a la normativa vigente que data de 1982- tiene un énfasis en el reemprendimiento, según detalló el Mandatario.

"Esuna Ley que va mucho más allá de la quiebra, porque tiene un doble objetivo: el primero, lograr que aquellas empresas o personas que son viables, pero que están teniendo dificultades, tengan un marco jurídicoágil, oportuno y eficaz, para poder llegar a acuerdos con sus acreedores y mantener la viabilidad de esa empresa o de esa persona", expresó.

DETALLES DE LA NUEVA LEY DE QUIEBRAS

Esteproyecto fue ingresado para su tramitación legislativa en agosto de 2012 y apunta a modernizar el sistema que posibilita la reorganizacióny liquidación de activos de empresas y, por primera vez, de personas, ya que contenía una serie de deficiencias que le impedían ajustarse a las necesidades de una economía dinámica y permanente crecimiento.

 

Ennuestro país, los procedimientos de quiebra duran en promedio 4,5 años yrepresentan un costo del 15% de los activos del deudor, mientraslos acreedores recuperan cerca del 25% de sus créditos. De hecho, el Banco Mundial sitúa a Chile en el lugar Nº 110, de un total de 183 países, en el ítemResolving Insolvency, versus el lugar Nº 21 que promedian los países miembros de la OCDE.

Entre sus principales novedades,se establece la creación de una nueva Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, con cobertura nacional y presencia regional, que tendrá carácter de institución fiscalizadora, sujeta al sistema de Alta Dirección Pública, y dependiente del Ministeriode Economía, Fomento y Turismo.

Asimismo,se establecen procedimientos adecuados para cada deudor en dificultades, tanto para empresas como personas naturales, mientras quela plataforma electrónica "Boletín Concursal", a cargo de la Superintendencia del ramo, publicará sin costo todas las resoluciones y actuaciones que se dicten en los procedimientos.

Elprocedimiento de liquidación de la empresa no viable tendrá un plazo de7 ó 24 días para iniciarlo, si hay juicio de oposición, y 7 mesespara liquidar. En caso de organización efectiva y voluntaria de la empresa viable, el plazo será de 12 días para iniciarlo y 4 meses para acordar la reorganización, con protección financiera de 30 días, prorrogable a 90, con apoyo de acreedores.

Secrea el procedimiento de renegociación, que afecta a personas naturales, tanto trabajadores dependientes como aquellos sujetos de crédito(dueñas de casa, estudiantes, jubilados), quienes por primera vez podrán solicitar voluntariamente someterse a él, al tener 2 ó más deudasvencidas, por más de 90 días corridos, que sumen 80 UF en total.

Porsu parte, la liquidación de la persona natural deudora se hará cuando esta mantenga 2 ó más títulos vencidos, pudiendo ser forzada o voluntaria,mediante el procedimiento de realización sumaria de activos en 4 meses.