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Derogan norma que permite cobros unilaterales

Las entidades deberán consultar a sus clientes antes de subir los costos de productos financieros.

24horas.cl Tvn

Miércoles 8 de mayo de 2013

La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) decidió derogar algunas normas que permitían cobros e intereses unilaterales, de forma de alinear su normativa a la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores..

Una semana después de conocerse el fallo de la Corte Suprema en contra de Cencosud por cobros indebidos en la tarjeta Jumbo Más, la SBIF anunció a través de un comunicado que "continúa el proceso de cambios para adecuar sus normas a Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores".

"Los cambios en esta ocasión afectan a 12 capítulos de su Recopilación Actualizada de Normas y permiten adecuar la normativa que rige a las instituciones que fiscaliza, en particular bancos y cooperativas, en lo relativo a las materias que quedaron reguladas por la referida Ley y sus Reglamentos", sostuvo la Superintendencia.

Según indicaron fuentes del sector al vespertino La Segunda, la principal modificación que deberán asumir los bancos tras esto es pedir la manifestación de voluntad de sus clientes cuando una entidad decida aplicar alzas en los cobros de algunos productos financieros.

La iniciativa de la SBIF también contempla modificaciones en la Ley sobre cuentas corrientes y cheques. Entres los cambios destaca el hecho que los bancos no podrán cobrar comisiones distintas a las relacionadas con el manejo de una cuenta corriente, como por ejemplo, por efectuar depósitos y giros de cheques.

Tampoco podrán cobrar por la entrega de estados de saldos, talonarios de cheques, por órdenes de no pago o por el número de protestos, entre otros servicios.

Foto: UPI