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27F: rechazan condena al Fisco por falta de alerta de tsunami

La Suprema ratificó dos fallos de la Corte de Apelaciones de Concepción que desestimó que haya responsabilidad del Estado en la muerte de Luis Soto y en las lesiones que sufrió Rodrigo Salgado en febrero de 2010.

José Morgado

Viernes 2 de mayo de 2014

Ratificando dos fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción, la Corte Suprema rechazó las demandas presentadas contra el Fisco por la supuesta responsabilidad del Estado en la muerte y lesiones de dos personas, respectivamente, producto del tsunami del 27 de febrero de 2010.

En fallos divididos, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Rubén Ballesteros, Rosa Egnem, Carlos Aránguiz y Andrea Muñoz; además del abogado integrante Alfredo Prieto- desestimó los recursos de casación presentados en contra de las sentencia del tribunal de alzada penquista que descartó responsabilidad del Estado en la muerte de Luis Soto Repiso y en las lesiones que sufrió Rodrigo Salgado Fuentes.

Ambos hombres se encontraban en la casa del Soto Repiso, ubicada en la localidad de Chiguayante, la madrugada del 27 de febrero de 2010. Tras el terremoto, salen a bordo de un vehículo para visitar familiares, tomando la ruta interportuaria, donde fueron sorprendidos por una de las olas del tsunami, la que arrastró el móvil y causando la muerte a Soto Repiso y lesiones a Salgado Fuentes.

La sentencia del máximo tribunal desestima la falta de servicio del Estado al considerar que los demandantes no lograron probar que la salida de las víctimas desde un lugar seguro, estuvo motivada por la información que habría emitido -a través de una radioemisora local- el intendente regional, descartando el riesgo de un tsunami en la zona.