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Comisión mixta aprueba norma sobre convivencia vial que fija velocidad urbana límite en 50 km/h

El proyecto será votado en la Cámara de Diputados y luego en el Senado. De aprobarse, quedaría en condiciones de convertirse en ley.

24Horas.cl TVN

Lunes 15 de enero de 2018

En condiciones de ser visto por la sala de la Cámara de Diputados quedó el proyecto de ley que modifica la Ley de Tránsito, para incorporar disposiciones sobre convivencia de los distintos medios de transporte, entre las que se incluye bajar la velocidad máxima urbana de 60 a 50 km/h.

Esto luego que la Comisión Mixta, conformada para acercar las discrepancias entre senadores y diputados respecto a la norma, aprobara la iniciativa.

El presidente de la instancia, el senador Juan Pablo Letelier, explicó que el punto que había generado diferencias entre los legisladores era la idea de rebajar de 60 a 50 kilómetros por hora, el límite de la velocidad urbana. "No todos los legisladores estaban convencidos de ello, pero se optó por proteger a los más vulnerables que son los peatones y ciclistas. Son ellos los que sacar la peor parte en accidentes automovilísticos", sostuvo.

Asimismo, el senador explicó que "este proyecto de ley busca generar una mejor convivencia entre estos medios de transporte, pensando sobre todo en los más vulnerables que resultan ser los peatones y los ciclistas. Hoy los accidentes automovilísticos a más de 50 km por hora son altamente letales y por eso creemos positivo reducir el índice de velocidad en zonas urbanas".

Luego de la votación en la Cámara, pasará al Senado para continuar con su trámite legislativo. De ser respaldada, la norma se transformará en ley.

EN QUÉ CONSISTE EL PROYECTO

Entre los principales aspectos centrales que caracterizan al proyecto, se encuentran:

- El objetivo del proyecto de ley es introducir normas relacionadas con la circulación de ciclistas, límites de velocidad urbana, educación vial y estándares de infraestructura.

- Incorpora la regulación de las ciclovías, bicicletas y otros ciclos en la Ley de Tránsito, distinguiendo entre vehículos motorizados y vehículos no motorizados. También incluye en la definición de "ciclos", a los vehículos con asistencia eléctrica con potencia máxima de 0,25 kw.

- Crea las zonas de detención adelantada para ciclos y motocicletas, que determina el inicio de la zona de espera especial para conductores de este tipo de vehículos en un cruce con semáforo. A su vez, establece las zonas de tránsito calmado, que corresponden a vías emplazadas en zonas urbanas, donde se instauran velocidades de circulación inferiores a las fijadas en la ley, de 40, 30 o 20 kilómetros por hora.

- Plantea que las escuelas de conductores deberán promover en su enseñanza el respeto y cuidado hacia los peatones, ciclistas y conductores de otros ciclos; y encarga al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones establecer, para las ciclovías, las condiciones técnicas de: gestión, operación y mantención.