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Ordenan inmediato reintegro de alumnos

Corte de Apelaciones deja sin efecto la cancelación de matrículas de los estudiantes, por considerarla arbitraria.

Fabián Mardones

Martes 5 de junio de 2012

La Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado por diez alumnos del liceo Miguel Luis Amunátegui de Santiago, cuyas matrículas fueron suspendidas tras las movilizaciones estudiantiles de 2011 y dispuso su reincorporación al establecimiento.

En fallo unánime, los ministros Juan Manuel Muñoz, María Rosa Kittsteiner y la abogada Claudia Schmidt determinaron que la cancelación de las matrículas y el traslado a otros establecimientos fue un actuar arbitrario por parte de la dirección del recinto estudiantil.

De acuerdo a la sentencia, las medidas "atentaron la garantía constitucional de igualdad ante a la ley al aplicarse a sólo un grupo de educandos que participaron en la toma del establecimiento entre el 10 de junio y el 10 de diciembre pasado". La resolución agrega que las determinaciones vulneran el derecho de los padres a la libertad de enseñanza.

De esta manera se determina que "por las razones anotadas y de acuerdo lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política (...) se declara que se hace lugar al recurso deducido (...) por lo que se deja sin efecto la medida de cancelación de matrícula en el liceo recurrido y la medida de cambio de establecimiento, debiendo todos los estudiantes individualizados ser reincorporados de inmediato como alumnos regulares”.

Ahora, tanto la municipalidad de Santiago como la dirección del establecimiento podrán apelar a la Corte Suprema para revertir esta decisión.