Click acá para ir directamente al contenido

La Tesorería General de la República indicó las razones por la cual las personas podrían no haber obtenido los dineros que se comenzaron a depositar a partir de este 13 de mayo.

Sebastián Mora

Miércoles 13 de mayo de 2015

Este 13 de mayo se dio inicio al proceso de pago efectivo por concepto de Devolución de Impuestos tras la autorización del Servicio de Impuestos Internos (SII).

No obstante, hubo quienes no recibieron el monto, surgiendo dudas sobre los motivos de esta situación.

24Horas.cl te muestra las razones que explicarían aquellos casos según el tipo de retención:

JudicialesÓrdenes de retención que envían los tribunales de Justicia en contra de un contribuyente por juicios con terceros.
Judiciales previsionalesSon órdenes de retención que envían los tribunales de Cobranza Laboral y previsional, los tribunales laborales o los tribunales de garantía para que se retenga la devolución de impuestos por deudas previsionales.
Crédito universitario solidario o con aval del EstadoLas instituciones de educación superior ordenan a Tesorería la retención del monto de las cuotas del crédito universitario con aval del estado o solidario impagas.
Instituciones de SaludLos Hospitales o Instituciones de salud envían a tesorería la información de las deudas que el contribuyente tiene con el sistema de salud público para que se retenga el valor adeudado de su devolución de impuestos.
MandatosCorresponde a mandatos establecidos en escritura pública en que un contribuyente le cede a otro su devolución de impuestos.

En paralelo, te dejamos a continuación el espacio destinado por el SII para saber el estado de tu declaración:

Además, la Tesorería General de la República aclaró que existen otras situaciones específicas que se podrían presentar a pesar de que el contribuyente haya realizado los trámites adecuadamente.

DESCUENTO POR DEUDA CON EL FISCO

La ley actual autoriza a la entidad a compensar con la devolución de impuestos alguna deuda que el contribuyente posea con el fisco.

Cabe mencionar que este "descuento" se podrá hacer efectivo ante cualquier beneficio o entrega proveniente del Estado.

ACLARAR RETENCIÓN EFECTUADA

Si esta fue cancelada a otros organismos, el usuario se debe dirigir a esas sucursales, pues la Tesorería le envía estos montos  para cancelar la deuda imperante.

De todas maneras, la tesorería dispone en su sito web, mayores detalles sobre cómo facilitar el proceso a las personas.