El Ejecutivo ingresó a la Cámara de Diputados un proyecto de ley anticorrupción, basado en las conclusiones de la Comisión Engel.
Las propuestas del Consejo Asesor Presidencial contra los conflictos de interés se centran en aumentar las sanciones contra el soborno y el cohecho, además de tipificar el delito de corrupción entre particulares y adecuar la sanción del cohecho a funcionario público extranjero a los estándares de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
Además se agrega como tipo de negociación incompatible el que una persona ejerza administración de patrimonio estando impedida de controlarla.
CORRUPCIÓN ENTRE PARTICULARES
El delito de corrupción entre particulares hará referencia a quien acepta recibir un beneficio económico (ya sea en interés, provecho propio o para un tercero) por favorecer a otro con infracción de sus deberes u obligaciones en la contratación de bienes o servicios, o en sus relaciones comerciales.
Bajo esta tipificación se sancionará al director, gerente, administrador o ejecutivo principal de una empresa que concurra en dicha acción.
El delito también sanciona a quien ofrece o consiente en dar o entregar a un director, gerente administrador o ejecutivo principal de una entidad los beneficios detallados más arriba.
El objetivo de estas modificaciones es evitar la desconfianza entre particulares y los efectos indeseados en el sistema económico y en el funcionamiento de los mercados.
Foto: Agencia Uno.