La Corte de Apelaciones de Temuco acogió hoy en fallo unánime el recurso de protección presentado por Gendarmería en favor del machi Celestino Córdova, quien lleva más de 50 días de huelga de hambre líquida en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de la ciudad.
De esta manera, se ordenó a Gendarmería tomar las medidas necesarias para proteger la salud e integridad física y síquica del huelguista. Una de ellas contempla el suministro de alimentación forzada en el caso que sea necesario, argumentando que la decisión "adoptada por éste constituye un atentado a su vida e integridad física".
La resolución agrega que: "(…) se autoriza a Gendarmería de Chile para que adopte las medidas conducentes para internar en caso de urgencia al huelguista en un centro hospitalario, a objeto que se le brinde una total y completa atención médica en el resguardo de su salud hasta su completo restablecimiento, sin perjuicio que haga uso de las demás facultades que le confiere a ese Servicio su Ley Orgánica y Reglamento respectivo, en relación a la alimentación del mismo, de manera de asegurarle al interno su vida e integridad física".
Cabe destacar que Córdova cumple condena de 18 años de presidio, como autor del delito consumado de incendio con resultado de muerte del matrimonio de Werner Luchsinger Lemp y Vivian Mackay González el 4 de enero de 2013.