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Libertad vigilada para Pitronello

El tribunal dio seis años de libertad vigilada para el joven anarquista.

Erwin Acevedo

Miércoles 15 de agosto de 2012

El Cuarto Tribunal Oral condenó a Luciano Pitronello a una pena de libertad vigilada por todos los delitos por los cuales fue condenado.

El tribunal asignó una pena inicial de 3 años y un días por infracción a la ley de armas, 541 días de presidio por falsificación de placa y 41 días de prisión por daños a Banco Santander, pero conmutó la pena por seis años de libertad vigilada.

Pese al fallo, Luciano Pitronello continuará en arresto domiciliario hasta que la sentencia esté ejecutoriada, esto es, después de que el tribunal de alzada resuelva los recursos que interpondrá la fiscalía.

Anteriormente el Tribunal había rechazado condenar a Pitronello por delito terrorista en relación al artefacto explosivo que le estalló en las manos el pasado 1 de junio de 2011.

Pese al fallo, Luciano Pitronello continuará en arresto domiciliario hasta que la sentencia esté ejecutoriada, esto es, después de que el tribunal de alzada resuelva los recursos que interpondrá la fiscalía.

Cabe recordar que la defensa del joven anarquista insistió que lo realizado por Luciano Pitronello fue un acto de protesta y que, en ningún caso, generó terror en la población por lo que no podría ser calificado como un acto terrorista.

La fiscalía adelantó desde ya que pedirá la nulidad del juicio y entregó los argumentos que sustentarán su solicitud, la que será ingresada en la Corte de Apelaciones de Santiago después de que se conozca la sentencia contra Pitronello.

El fiscal metropolitano sur, Raúl Guzmán, explicó que basarán su argumentación en el voto de minoría del magistrado Antonio Ulloa, quien discrepó con sus colegas y planteó que sí había mérito para que Pitronello fuera declarado terrorista.

"El anarquismo en todas sus manifestaciones aspira a la supresión del Estado y de toda forma de dominación, entrelazándose así con el terrorismo en todas sus expresiones, lacra que busca sancionar la ley Antiterrorista", explicó el magistrado en su análisis, mismo argumento que será rescatado por la fiscalía en su escrito ante el tribunal de alzada capitalino.

LA SENTENCIA

En su parte medular, el fallo establece que la sala del tribunal, compuesta por los magistrados Mauricio Olave (presidente), Graciela Gómez (redactora) y Antonio Ulloa (integrante), condenó a Pitronello Schuffeneger "a sufrir la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena,  como autor del delito de daños en perjuicio del Banco Santander Chile S.A.; la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor de posesión de bomba; y quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y suspensión de licencia de conducir por el término de tres años, como autor del delito de conducción a sabiendas de vehículo con placa patente que correspondía a otro, perpetrados el día 01 de junio de 2011, en esta ciudad”.

Asimismo, el tribunal consideró que "reuniéndose en la especie los requisitos que, al efecto, prescriben los artículos 15 y siguientes de la ley 18.216, se concede al condenado Luciano Pitronello Schuffeneger el beneficio alternativo de libertad vigilada por todos los delitos materia de la condena, debiendo quedar sujeto a un régimen de libertad a prueba, bajo la vigilancia y orientación permanente de un delegado de Gendarmería de Chile, por el término de seis años, de acuerdo a lo que prescribe el artículo 16 de la misma ley".