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Los argumentos de Arias en el recurso contra el Fiscal Nacional

Según su defensa también existe una vulneración al debido proceso y asegura que "no existió indicio alguno de vulneración a la obligación de no emitir opiniones".

24Horas.cl Tvn

Martes 30 de agosto de 2016

Por Carolina Acuña / Soledad Vargas

 

El fiscal regional Emiliano Arias presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago tras ser removido por el fiscal nacional, Jorge Abbott, del caso Corpesca.

El persecutor a través del escrito, al cual tuvo acceso 24 Horas, asegura no haber transgredido ninguna normativa ni tampoco haber emitido alguna opinión política respecto al caso.

Arias, representado por los abogados Marisa Navarrete y Paulina Carrasco, indicó que su salida de la investigación a la pesquera "resulta ilegal y arbitraria".

Mediante la acción legal, la defensa de Arias explica que el persecutor fue informado telefónicamente de la decisión de Abbott, que comenzó un proceso sancionatorio por la entrevista dada al diario La Tercera.

En su defensa, se establece que "no existió indicio alguno de vulneración a la obligación de no emitir opiniones al haber dado una entrevista a La Tercera. Al contrario y como se detallará, el Fiscal Regional cumplió con todas las instrucciones dadas por la Fiscalía Nacional".

El el documento también se hace mención a un instructivo emitido por el primer fiscal nacional, Guillermo Piedrabuena, quien señaló que el objetivo de las vocerías del Ministerio Público eran "habilitar un sistema que permitiera a los medios de comunicación cumplir su función social de un modo informado, veraz y responsable".

"Como es posible leer en el instructivo los fiscales regionales no tienen prohibición alguna de dar entrevistas a los medios de comunicación, reconociendo expresamente el Fiscal Nacional nombrando la función social que cumplen estos medios y la necesidad de que dicha función sea informada, veraz y responsable", argumenta la defensa del fiscal.

Después indica que en la entrevista "no se vulneró en forma alguna la prohibición señalada en el instructivo. Por el contrario, se hicieron comentarios generales sobre la misma, sin proporcionar antecedentes concreto alguno. Toda información señalada ya era de público conocimiento desde que ya se había vertido en audiencia previa o bien, la información había sido referida por los medios de comunicación".

Respecto a una eventual opinión política emitida por Arias, su defensa establece: "No se advierte en parte alguna una opinión de esa naturaleza, máxime cuando ha sido el propio fiscal nacional quien en entrevista conjunta con La Segunda con los fiscales regionales Arias, Guerra y Gómez señaló el pasado 8 de julio, refiriéndose precisamente a los casos Penta, SQM y Corpesca que "la clase política tiene que tener conciencia, más allá del reproche penal, del profundo daño que se le esta causando al país".

"No existe regulación alguna que haya prohibido entrevista en los términos dados, resultando, en consecuencia, ilegal, desde que no se ajusta a la propia norma que supone infringida y arbitraria al haber tenido motivaciones extralegales para el inicio de un proceso sancionatorio", indica el texto.

En el recurso también se plantea que existe una vulneración al debido proceso al menos en tres puntos:

-Falta de imparcialidad del órgano que decide.

-Inexistencia de doble instancia.

-Vulneración a la presunción de inocencia.

Revisa el documento completo

 

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