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[VIDEO] Arraigo nacional

Juez rechazó prisión preventiva para ocho imputados por el Caso Tsunami y fijó un plazo de siete meses para continuar la investigación por la falta de alerta de maremoto el 27 de febrero de 2010.

Sebastian Marchant

Jueves 10 de mayo de 2012

Tras una larga audiencia de formalización, que se prolongó durante cuatro días, esta tarde el magistrado Daniel Urrutia dio por acreditados los antecedentes que en esta etapa procesal permiten presumir la comisión de cuasidelito de homicidio y decretó la medida cautelar de arraigo nacional en contra de los ocho imputados por la fallida alerta de tsunami la madrugada del 27 de febrero de 2010.

El maremoto que golpeó la costa centro sur de Chile y el archipiélago Juan Fernández dejó  como resultado 156 fallecidos y 25 desaparecidos.

La Fiscalía Occidente formalizó por estos hechos al ex subsecretario de Interior Patricio Rosende; a la ex directora de la ONEMI, Carmen Fernández; al ex jefe de Alerta Temprana, Johaziel Jamett; al ex jefe de turno del mismo servicio Osvaldo Malfanti; al ex director del SHOA, capitán (r)  Mariano Rojas; al ex jefe de Oceanografía, capitán de corbeta Andrés Enríquez; al asesor del SHOA, teniente Mario Andina; y al sismólogo  de la Universidad de Chile, Carlos Aranda.

El Séptimo Juzgado de Garantía fijo un plazo de siete meses para el cierre de la investigación.

El juez Urrutia descartó la prisión preventiva y decretar medidas cautelares para los ocho imputados pues "el fundamento del abogado querellante (Raúl Meza) de prisión preventiva cae por su propio peso (...) También se rechaza el arresto domiciliario, ya que tener a los imputados arrestados en casa no se justifica".

El juez agregó que la alusión del abogado Meza a los saqueos en ocurridos en Concepción para solicitar la prisión preventiva "no es aceptable, porque no son condiciones análogas. No hay cómo comparar un delito doloso con uno culposo, menos en las circunstancias que está investigando el Ministerio Público. No son situaciones posibles de homologar, por lo que el tribunal no puede tenerlas en cuenta".

Sobre la única medida de arraigo solicitada por el Ministerio Público, el magistrado explicó que aceptar esa solicitud asegura que se cumplan los procedimientos y se impida una eventual fuga de los imputados en la causa.

En este sentido, la Fiscalía decidió -dijo el juez- pedir "el arraigo nacional y descartó la firma quincenal afirmando que no cumple ninguna función en este caso", ya que con la medida impuesta se asegura la presencia de los ocho imputados mientras se extienda la investigación.