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Senado aprueba Ley de Tuición Compartida

Los jueces tendrán 60 días para determinar quién tendrá la custodia de los hijos. En el intertanto, los niños quedarán bajo el cuidado de la persona con la que estén residiendo en ese momento.

Daniel Andrade

Martes 12 de marzo de 2013

Un cambio radical a la forma en que se concede actualmente el cuidado de los niños de padres separados aprobó esta tarde la Sala del Senado, al aprobar la Ley de Tuición Compartida, también conocida como "Ley Amor de Padre" por la organización que la impulsó.

La resolución determina que en los casos en que no hubiera acuerdo entre los progenitores y mientras no exista una resolución judicial al respecto, los hijos se quedarán al cuidado de la persona con que estén residiendo al momento de la separación.

Con ello, se modifican sustancialmente las disposiciones vigentes que establecen una regla supletoria que se consagra a favor de la madre, en la mayoría de los casos.

La nueva disposición señala que "si  los padres viven separados y no hubiere acuerdo entre ellos, compartirán  la responsabilidad y todos los derechos y obligaciones  respecto de los hijos comunes. Sin perjuicio de lo anterior y mientras no exista acuerdo, el juez deberá resolver dentro de 60 días, quien tendrá a cargo el cuidado del hijo. En el intertanto, este continuará bajo el cuidado de la persona con quien esté residiendo, sea éste el padre, la madre o un tercero".

Ahora se deberá espera a que la Corte Suprema se pronuncie sobre dicha norma, fundamentalmente en los relativo al plazo que se fijó a los jueces.

Esta iniciativa, que cumple su segundo trámite en el Senado, establece el principio de corresponsabilidad de los padres, la figura del cuidado personal compartido y consagra el interés superior del niño, entre otras materias.