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Sepa cómo postular al subsidio de vivienda para la clase media

Hasta el 19 de julio se podrá hacer el trámite para optar al beneficio que permitirá acceder a casas de hasta dos mil UF.

Elkjaer Lobos

Sábado 6 de julio de 2013

El ministro de Vivienda, Rodrigo Pérez Mackenna, hizo un llamado a postular a los 10 mil nuevos subsidios de clase media, proceso que estará abierto hasta el 19 de julio.

Es por eso que fue el propio titular de Vivienda quien salió a la calle para informar sobre quiénes pueden postular a este segundo llamado del año, donde se han entregado 16 mil subsidios con una inversión de 125 mil millones de pesos.

"Cualquier chileno mayor de 18 años que no tenga otra propiedad puede postular. Se requieren 30 (Unidades de Fomento)  UF de ahorro mínimo si es que se quiere comprar una vivienda de hasta mil UF y 50 UF de ahorro a viviendas que vayan hasta dos mil UF", dijo el ministro Pérez.

En caso de tener duda, el ministerio dispuso un servicio móvil donde se resolverán dudas a los postulantes. Los interesados también pueden hacer el proceso a través de la página del secretaría de Estado (INGRESA ACÁ), trámite que se realiza en diez pasos y no tarda más de diez minutos.

REQUISITOS TÍTULO I y II

Algunos documentos necesarios al momento de acceder a estos beneficio son:

a) Certificado de subsidio habitacional original endosado, es decir firmado por el beneficiario, en favor del vendedor o vendedores

b) Copia auténtica de la respectiva escritura de compraventa con timbres en original de la inscripción de dominio a favor del beneficiario y/o de su cónyuge y de la prohibición a favor del SERVIU Metropolitano en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente.

c) Copia de inscripción de la prohibición de enajenar durante 5 años, la que no será exigible si dicha inscripción consta en la copia de la respectiva escritura de compraventa. Se indica a continuación el texto a insertar en la escritura de compraventa: A fin de dar cumplimiento a las normas que regulan el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional, el comprador constituye prohibición de enajenar la vivienda adquirida durante el plazo de cinco años, contados desde la fecha de su inscripción en el respectivo registro del Conservador de Bienes Raíces, sin previa autorización escrita del SERVIU Metropolitano. Asimismo, durante el mismo plazo antes señalado, el comprador constituye prohibición de celebrar acto o contrato alguno que importe la cesión del uso y goce de la misma, sea a título gratuito u oneroso, sobre todo o parte del inmueble objeto de la compraventa, sin previa autorización escrita del SERVIU Metropolitano.

Para conocer en detalle todos los requisitos y documentos necesarios para cada título, revisa los siguientes links:

 

Sepa cómo postular al subsidio de vivienda para la clase media

Sepa cómo postular al subsidio de vivienda para la clase media

Hasta el 19 de julio se podrá hacer el trámite para optar al beneficio que permitirá acceder a casas de hasta dos mil UF.