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Suprema: desalojo del Sporting Club fue ilegal y arbitrario

El máximo tribunal señaló que el Ministerio de Bienes Nacionales no consideró los procesos jurídicos para recuperar el inmueble fiscal.

24horas.cl Tvn

Miércoles 3 de abril de 2013

La Corte Suprema acogió un recurso de protección interpuesto por el desalojo que se realizó del International Sporting Club de Santiago en octubre de 2012, luego que el gobierno realizara un catastro de inmuebles que son propiedad del Estado.

En esa fiscalización, el ministerio constató que el inmueble era ocupado ilegalmente desde 1996, cuando caducó la concesión del lugar, por lo que ordenó la salida de la administración del club de tenis.

Sin embargo, con el recurso presentado inicialmente, la Corte de Apelaciones de Santiago había señalado que la orden de desalojo era ilegal y arbitraria, lo que este miércoles fue ratificado por el máximo tribunal.

En un fallo unánime, los ministros de la Tercera Sala Sergio Muñoz, Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval y los abogados integrantes Emilio Pfeffer y Jorge Lagos indicaron que la restitución de la propiedad a manos del Estado debía realizarse mediante acciones legales con la que se obtuviera un pronunciamiento judicial.

"El acto en virtud del cual se ordenó por el Intendente el desalojo del inmueble de marras, es arbitrario, toda vez que las condiciones en que se realizó dan cuenta de una decisión caprichosa y poco razonable, que se desmarca de la hipótesis prevista en la ley y sugiere que su fundamento se encuentra, más bien, en la decisión adoptada por el Ministerio, de licitar ese y otros bienes fiscales, como se dio a conocer a través de los medios de comunicación, sin haber tomado debidamente en cuenta los procesos y estatuto jurídico de quienes ocupaban dicho inmueble", indica el fallo.

Agrega que la decisión del Ministerio de Bienes Nacionales vulnera las garantías constitucionales que indican que todas las personas tiene derecho a no ser juzgadas por comisiones especiales, sino tribunales legalmente establecidos.

La Suprema ordenó dejar sin efecto la resolución "dictada por la Intendenta de la Región Metropolitana de Santiago, la que, haciendo lugar a la solicitud del Ministerio de Bienes Nacionales, ordenó el desalojo del inmueble ubicado en Avenida Bellavista N°180, de la comuna de Recoleta, no pudiendo las recurridas, en lo sucesivo, adoptar medidas o acciones unilaterales respecto a la situación jurídica que vincula a las partes, sin costas".