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Suprema ordena al Minsal entregar tratamiento contra cáncer de mamas

La Corte determinó la entrega del medicamento Herceptin (Trastuzumab) a la paciente Pía Prado Martí.

24Horas.cl TVN

Martes 30 de septiembre de 2014

Con un fallo unánime, la Corte Suprema ordenó al Ministerio de Salud entregar el tratamiento con un medicamento de alto costo para combatir el cáncer de mamas.

Los ministros Rubén Ballesteros, Héctor Carreño, Pedro Pierry y Rosa Egnem, además del abogado integrante Luis Bates, ratificaron la resolución del tribunal de alzada que determinó que Pía Prado Martí debe recibir el tratamiento con Herceptin (Trastuzumab), droga que no está considerada dentro de las prestaciones aseguradas por el Régimen General de Garantías de Salud.

Sin embargo, el máximo tribunal señaló en su fallo que este medicamento sí fue incorporada en la Guía Clínica "Cáncer de Mama en personas de 15 años y más", elaborada por el mismo Minsal en 2008.

"Por excepción procede en la especie dicha cobertura especial respecto del medicamento requerido por la recurrente para el adecuado tratamiento de su cáncer de mama", indica el fallo.

La Corte Suprema agregó que la negativa del Minsal a dar el tratamiento también atenta contra el derecho a la vida e integridad física de Pía Prado Martí "pues la privación de ese fármaco prescrito por su médico tratante con fines paliativos conduciría inevitablemente a una notoria desmejora de su calidad de vida y a una disminución significativa de su tiempo de sobrevida".

"Las mencionadas circunstancias revisten la suficiente razonabilidad para concluir que se está infiriendo a la reclamante un daño grave y significativo que afecta el derecho fundamental antes referido, frente a lo cual corresponde otorgar la indispensable defensa, adoptando las medidas necesarias conducentes a restablecer el imperio del derecho como son aquellas que decidieron los jueces de la Corte de Apelaciones de Santiago, esto es, que el Ministerio recurrido financie y proporcione a la recurrente el medicamento Herceptin según los términos descritos en la sentencia que se revisa", concluye el fallo.