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Cómo rescatar acreencias bancarias olvidadas

Los chilenos han olvidado casi 28 mil millones de pesos en los bancos chilenos hasta este 2013. Averigua aquí si tienes una acreencia bancaria a tu nombre y cómo puedes cobrarla.

Agustín Benaprés

Martes 12 de marzo de 2013

Actualización 14/05/2014:

>> PUBLICAN LISTADO DE ACREENCIAS BANCARIAS 2014. CLIC AQUÍ

Cuesta creer que las personas dejen "olvidado" su dinero en los bancos, pero ocurre con tanta frecuencia que una vez al año esas instituciones tienen que contarlo, listar a quién pertenece y hacer una última publicación para que sus acreedores lo cobren.

En 2013 los bancos reportaron tener en caja casi 28 mil millones de pesos sin cobrar por sus dueños, dinero que si no es reclamado dentro de un plazo determinado por la ley pasará a las arcas fiscales.

Es lo que se conoce como acreencias bancarias sujetas a caducidad, que centenares de chilenos tienen a su nombre en alguna institución financiera, por ejemplo, en la forma de un vale vista, un depósito a plazo o una boleta de garantía, y que por mucho tiempo han olvidado cobrar.

Esos dineros no estarán eternamente disponibles para ser cobrados. Según establece la ley, si no son reclamados dentro de tres años el Fisco tomará posesión de esos montos. Sin embargo, y también por mandato legal, antes de que se cumpla dicho plazo los bancos deben informar sobre la existencia de esos dineros, y lo que hacen en marzo de cada año mediante la publicación de listados de las acreencias bancarias sujetas a caducidad con el nombre del respectivo acreedor en el Diario Oficial.

En mayo, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) consolida la información y la publica en un sitio web para que pueda ser consultada por los interesados.

QUÉ DINERO PUEDE CADUCAR

Cada enero los bancos deben elaborar un listado de las acreencias bancarias cuyos montos superen una U.F. (más de $22.900 en mayo de 2013), las que entrarán al periodo de caducidad ese año, y disponerlo para consulta pública en una sucursal.

Según establece la ley, los fondos que superan ese monto caducan si permanecen inmovilizados por dos años.

Pero hay algunas excepciones, según explicó a 24Horas.cl Carolina Álvarez, abogada de la Dirección Jurídica de la SBIF.  No caducan los depósitos a plazo indefinido, las cuentas de ahorro, los cheques viajeros y los depósitos de garantía siempre cuando no tengan una fecha de vencimiento. Tampoco están afectos aquellos dineros que tengan embargo, retención  o prenda.

Quienes crean ser acreedores de documentos de este tipo pueden consultar los listados directamente en el banco y realizar el cobro si es que figuran como titulares de alguno.

Para montos de dinero superiores a las 5 U.F. (por ejemplo, más de 145 mil pesos en mayo de 2013), la ley obliga a cada banco a publicar el listado en el Diario Oficial cada mes de marzo.

Para estos montos, desde el momento en que el banco elabora la lista de acreencias sujetas a caducidad, corre un plazo de tres años para que sus titulares las reclamen.

LISTADOS EN INTERNET

En 2009 la SBIF creó la página web www.clientebancario.cl para facilitar a las personas averiguar si existe una acreencia bancaria a su nombre e informarles que dicho dinero, si continúa en estado de abandono,  entrará al patrimonio del Fisco chileno.

En dicha página se recopila la información de los listados de acreencias que los bancos elaboraron en enero y se actualiza durante la última quincena de mayo de cada año.

En el sitio pueden encontrarse los informes publicados entre 2005 y 2013. La información de este año, con los listados elaborados en enero pasado y que cada banco publicó en marzo en el Diario Oficial, está disponible desde el 22 de mayo.

ASISTENCIA JURÍDICA

Dado que los listados de acreencias que los bancos elaboran en enero de cada año son de acceso público, hay abogados que los consultan directamente ya en esa fecha para llamar o enviar cartas a las personas que ahí aparecen ofreciéndoles sus servicios para regularizar dichos bienes. Eso, claro, a cambio de un pago que puede bordear el 20% del monto rescatado.

Pero ojo: sólo para algunas acreencias se requiere asistencia jurídica. En la mayoría de los casos el propio titular puede realizar el trámite de manera sencilla y sin costos asociados.

Así por ejemplo, si la acreencia es un vale vista que está nominativo, basta que el titular vaya al banco y con su cédula de identidad cobre los fondos.

Cuando la acreencia no está en su poder, deberá seguir un proceso en tribunales para recuperar el título y hacer exigible el dinero. En dichos casos puede que sea necesario asesorarse por un abogado.

ACTUALIZACIÓN:

>> PUBLICAN LISTADO DE ACREENCIAS BANCARIAS 2014. CLIC AQUÍ

 

PEAK DE CONSULTAS

Juan Carlos Camus, jefe de la Unidad Internet y Publicaciones de la SBIF, explica que la página Clientebancario.cl nació de la idea de acercar los conocimientos bancarios al público y resolver las dudas más frecuentes de las personas sobre el funcionamiento del sistema financiero chileno.

A través de la página emiten programas vía streaming de lunes a viernes y tienen una cuenta de Twitter que es @clientebancario para recibir y responder preguntas.

La página también cuenta con simuladores para distintas actividades relacionadas con el crédito y pronto tendrán un canal en YouTube.

El sitio, que tuvo más de un millón de visitas el año pasado, tiene su peak de consultas en mayo de cada año, justamente por la búsqueda de información sobre las acreencias bancarias sujetas a caducidad.

El 24 de mayo del año pasado el sitio recibió 206 mil visitantes, día en que hubo notas de prensa sobre los 22.700 millones de pesos abandonados por los olvidadizos chilenos.

 

La información sobre acreencias bancarias sujetas a caducidad correspondiente a este año acaba de ser liberada y puede ser revisada en el siguiente formulario de consulta:

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