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Congreso pretende prohibir contratación de parientes y sancionar inasistencias

Ambas ramas del Legislativo presentarán mañana un proyecto de ley para introducir nuevas medias de probidad y transparencia, en el entendido de que "no basta con reprochar las conductas".

24Horas.cl TVN

Martes 18 de agosto de 2015

Por Claudia del Solar

Un proyecto que modifica la Ley Orgánica del Congreso Nacional para introducir nuevas medidas de probidad y transparencia será presentado mañana por ambas ramas del Legislativo.

La iniciativa incorpora algunos aspectos novedosos, como prohibir expresamente la contratación de familiares y personas jurídicas relacionadas con los parlamentarios o con funcionarios directivos del Congreso, prohibir en forma expresa el uso de información privilegiada y reforzar el deber de asistencia a la Sala, sancionando a los parlamentarios en caso de incumplimiento injustificado.

El proyecto señala que, en materia normativa, "resulta indispensable revisar las disposiciones vigentes, para elevar los estándares exigidos a la conducta parlamentaria, pero -al mismo tiempo- precisar con claridad el comportamiento deseable, de forma de evitar interpretaciones y ofrecer certeza tanto a quien realiza una acción u omisión como a quien desee evaluarla".

Y aclara que "no basta con reprochar las conductas que se estimen distanciadas de la probidad y la transparencia, sin describir al menos su núcleo esencial con la nitidez suficiente que permita configurarlas antes de entrar a examinar la conformidad o desarmonía entre tales principios y los actos realizados en un caso concreto".

Por lo mismo se contemplan, entre otras materias, precisar el impedimento que afecta a los parlamentarios para promover y votar determinados  asuntos, pues "se estima conveniente reformular tal precepto, comenzando por reivindicar el mandato popular de los parlamentarios, que les habilita para promover, debatir y votar las distintas iniciativas sometidas a su conocimiento, para luego consignar los elementos de hecho que justifican restringirlo, de modo que esta materia quede lo más acotada posible".

También se prohíbe en forma  expresa  el uso de  información privilegiada, elevando a rango legal la norma reglamentaria, vigente en el Reglamento de la Cámara, conforme a la cual se consigne que los diputados y, a partir de ahora, los senadores no pueden divulgar ni usar, en beneficio propio o de otras personas, la información que no se encuentre disponible para el público, a la que tuvieren acceso en razón de la función que desempeñan y cuyo conocimiento sea capaz de influir en las decisiones de orden económico o de otra naturaleza que puedan tomar las personas.

De igual modo, se refuerza el deber de asistencia, agregando la aplicación de la sanción que establezca el reglamento por su incumplimiento injustificado en el caso de sesiones de Sala. En la Cámara, la inasistencia injustificada se sanciona con un monto del 15% sobre la dieta, que bordea los 8 millones de pesos. Esta norma reglamentaria se elevará a rango legal.

En un aspecto clave, se prohíbe expresamente la contratación de familiares y personas jurídicas relacionadas con los parlamentarios o con funcionarios directivos del Congreso, las que actualmente están permitidas siempre que lo autorice la Comisión de Ética y Transparencia de la respectiva cámara, no obstante ahora se adoptó el criterio de prohibir expresamente las contrataciones de parientes.

Otras modificaciones son dar nuevas reglas sobre publicidad en el caso de las comisiones, especialmente en materia de difusión de sus sesiones por medios audiovisuales y homogeneizando los informes de éstas; se profundizará la separación entre la función parlamentaria y el ejercicio del lobby o la gestión de intereses particulares, y se incrementan las materias propias del Congreso Nacional comprendidas dentro de la obligación de las transparencia activa.