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Financiamiento de campañas políticas 2017: Revisa el cómo, el cuánto y el quién

El Servel ya publicó su Manual de Consulta sobre Financiamiento y Gasto Electoral, en el que informa sobre los aportes públicos y privados a campañas presidenciales, parlamentarias y de consejeros regionales.

24Horas.cl Tvn

© Foto: Agencia Uno.

Jueves 24 de agosto de 2017

El próximo 19 de noviembre se llevarán a cabo las Elecciones Presidenciales, Parlamentarias y de Consejeros Regionales; comicios que tendrán un período de campaña política financiada bajo la ley sobre transparencia, límite y control del gasto electoral.

Para regular e informar sobre los mecanismos de recaudación de aportes y los gastos permitidos, el Servicio Electoral (Servel) publicó su Manual de Consulta sobre Financiamiento y Gasto Electoral para las Elecciones Presidenciales, Parlamentarias y de Consejeros Regionales 2017.

Uno de los aspectos más importantes al respecto es el origen de los fondos que se utilizarán en campañas, ya que la ley limita su financiamiento a fondos públicos provenientes de anticipos y reembolsos fiscales. También pueden hacerse aportes privados, pero solo a través del sistema de aportes del Servel.

Cualquier entrega de dinero fuera de esas condiciones será sancionada. Revisa a continuación en qué consiste cada modalidad.

Los aportes públicos

Hay dos tipos de aportes públicos para las campañas electorales. El primero son los anticipos, es decir, un pago que se hace antes de la campaña electoral misma y en función de los candidatos inscritos en el Registro Especial de Candidatos.

Se paga a partidos con postulantes ratificados como candidatos oficiales por el Servicio Electoral, y corresponde a 0,02 UF por cada voto que haya obtenido el partido en las últimas elecciones de iguales características (a los mismos cargos y en el mismo territorio electoral).

Quienes se presenten por primera vez, sean parte de un partido nuevo o sean candidatos independientes recibirán el equivalente a 0,02 UF por la cantidad de votos que obtuvo el partido político menos votado en la elección anterior de iguales características.

 

El otro tipo de aporte público es el reembolso. Se paga después de los comicios y existe para partidos políticos y para candidatos.

En el primer caso, se paga a los partidos políticos la suma de dinero necesaria para que obtengan 0,015 UF por cada voto obtenido, tomando en cuenta que ya han recibido dinero a través del anticipo fiscal.

En el segundo, se paga a los candidatos 0,04 UF por cada voto obtenido y a las candidatas 0,05 UF por cada sufragio. Este pago de 0,01 UF extra para las mujeres es una medida que busca aumentar la participación de este género en la política.

En esta misma línea, los partidos políticos cuyas candidatas sean proclamadas electas por el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) recibirán un pago de 500 UF por cada una de ellas, dinero que deberán usar para programas y actividades de fomento a la inclusión y participación de mujeres en política.

Financiamiento privado

Solo se pueden hacer aportes privados a los candidatos a través del sistema de aportes del Servicio Electoral (Servel), y cualquier dinero entregado a esos fines por otro medio es causa de sanción.

Pueden donar a las campañas los mayores de edad y los partidos políticos, con algunas restricciones. Por ejemplo, los ciudadanos extranjeros que residen fuera de Chile no pueden hacer aportes. Tampoco pueden donar las personas jurídicas de derecho público o privado ni los consejeros del Servicio Electoral o sus funcionarios directivos.

Los candidatos pueden hacer aportes a sí mismos, situación que se dio durante las Elecciones Primarias y es probable que se repita nuevamente.

 

El sistema del Servel establece un máximo de aporte por persona para cada candidato, el que se fija en virtud del cargo al que este último postula.

El monto máximo a aportar para un candidato presidencial son 500 UF, alrededor de 13 millones de pesos.

En el caso de los diputados o senadores, lo máximo que se les puede donar son 315 UF, cerca de 9 millones de pesos.

Finalmente, los candidatos a Consejeros Regionales no pueden recibir más de 250 UF por donante, es decir, entre 6 y 7 millones de pesos.

Además, hay un máximo para quienes hacen donaciones: no se pueden donar más de 2.000 UF en una elección de diputados, senadores, consejeros regionales o presidente.

Gastos electorales

El Servel detalla que todo desembolso o contribución estimable en dinero que se haga con ocasión y propósito de actos electorales por parte del candidato, su partido político o un tercero a su favor será entendido como gasto electoral.

Entre estos se cuentan desembolsos para propaganda y publicidad, encuestas materia electoral, arriendo de bienes muebles o inmuebles, gastos de transporte, trabajos voluntarios, brigadistas, vehículos, valorización de especies, créditos con instituciones financieras, servicios prestados a la candidatura y comisiones bancarias.

Todos estos gastos deberán ser informados por el candidato al Servicio Electoral, y su documentación puede tener fecha máxima el 30 de noviembre de 2017.

Puedes revisar el Manual de Gasto y Financiamiento Electoral a continuación: