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Vocales de mesa en el extranjero: Cuatro respuestas para resolver tus dudas

Las personas que hayan inscrito su domicilio electoral en el extranjero podrían encontrarse con una sorpresa en las Elecciones Presidenciales del próximo 19 de noviembre.

24Horas.cl Tvn

© Foto: Agencia Uno.

Martes 31 de octubre de 2017

El próximo 19 de noviembre se realizará la Elección Presidencial, los primeros comicios definitivos en que los ciudadanos en el extranjero podrán marcar su voto e influir en los resultados.

Al igual que en las Elecciones Primarias del 2 de julio pasado, el voto es voluntario. Sin embargo, quienes sean nominados para cumplir el rol de vocales de mesa tendrán la obligación de desarrollar dicha función a menos de que se encuentren en alguna de las seis circunstancias que la ley establece como excusas válidas ante la labor.

¿CÓMO SABER SI FUISTE NOMINADO VOCAL?

 

La información estará disponible a partir del 28 de octubre en la página web del Servicio Electoral. Además, a los vocales designados se les informará a través de correo electrónico o al domicilio declarado por el elector.

A diferencia de las mesas de votación en territorio nacional (en que se necesitan cinco personas), aquellas en el extranjero requerirán solo de tres vocales para funcionar.

Quienes desempeñen ese rol el día de la elección recibirán un pago equivalente a 2/3 de Unidad de Fomento, el que se pagará en moneda extranjera y a través de la Tesorería General de la República.

LAS EXCUSAS Y EXCLUSIONES

Hay seis excusas para evitar ser vocal de mesa, las que se deben presentar en el Consulado pertinente en el plazo estipulado por la ley.

*OJO: Los vocales nominados en el segundo llamado no pueden presentar excusas.

Las excusas son: estar a más de 300 kilómetros del local de votación (o en otro país), tener más de 70 años, estar física o psicológicamente imposibilitado de llevar a cabo las funciones, trabajar en recintos hospitalarios el día de la elección, tener que cumplir labores o funciones propias de los comicios, o estar a menos de 5 semanas del parto o 24 semanas tras él.

 

Por otro lado, no pueden ser nombrados vocales quienes desempeñen cargos de elección popular, sus cónyuges o los parientes afines a ellos.

Tampoco pueden ser seleccionados para esas funciones las personas no videntes o analfabetas o personas condenadas por delitos de las Leyes Electorales.

Finalmente, no pueden ser vocales de mesa los ministros, subsecretarios, intendentes, gobernadores, consejeros regionales, el Contralor General de la República, los jefes superiores de servicio y los secretarios regionales ministeriales.

También se excluyen de esa función los miembros de Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad en servicio activo.

ESTAS SON LAS FECHAS

El 28 de octubre se publicó la lista de personas convocadas para ser vocales de mesa tanto en Chile como en el extranjero, y a partir del lunes 30 las Juntas Electorales han recibido las excusas de los vocales. El plazose extiende  hasta el 2 de noviembre.

El 4 de noviembre el Servicio Electoral publicará los seleccionados para ser vocales en segundo llamado, quienes no podrán presentar excusas para no efectuar la labor.

¿Y LAS MULTAS?

Las personas que no acudan a cumplir su labor de vocal -y que no hayan presentado su excusa en el plazo estipulado por la ley- se arriesgan a multas que variarán entre 2 y 8 Unidades Tributarias Mensuales, es decir, entre 93 mil y 370 mil pesos.

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Fuente: Servel