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Amnistía Internacional y situación de comuneros huelguistas: "No se justifica la prisión preventiva de un año y cuatro meses"

La directora ejecutiva del organismo señaló que la Ley Antiterrorista debería reformarse de cara a los estándares de un debido proceso judicial, materia que podría discutirse en el próximo Gobierno.

24Horas.cl Tvn

Jueves 28 de septiembre de 2017

La directora ejecutiva de Amnistía Internacional, Ana Piquer, se refirió a los alcances de la Ley Antiterrorista en el caso de los cuatro comuneros mapuche que permanecen en huelga de hambre.

La representante del organismo señaló que creen que la Ley Antiterrorista "debiera reformarse de cara a los estándares de un debido proceso y que también es algo que podría discutirse de cara al próximo Gobierno".

Explicó que les preocupa la espera de las cautelares para los imputados en los casos que se aplica la Ley Antiterrorista, aunque no es exclusivo.

"Tiene que ver con que la ley chilena permite que la prisión preventiva se determine en gran medida basada en la gravedad de la pena del delito que se imputa. la verdad que eso en definitiva es contradictorio con la presunción de inocencia porque al hacer eso, lo que estás haciendo es prejuzgar", dijo.

Agregó que "el escollo que se produce por la Ley Antiterrorista es que para decretar una libertad es necesario que lo revise la Corte de Apelaciones y exista una unanimidad de la Sala al momento de decretar al libertad. Ha sucedido que la mayoría de la Sala está por decretar la libertad, pero dado que una persona está en contra no se puede hacer", dijo.

Explicó que "desde la perspectiva de un debido proceso, la prisión preventiva debiera ser algo extremadamente excepcional y limitado a ciertas necesidades específicas, que ponga en riesgo la investigación, que haya un riesgo de fuga o que haya riesgo para ciertas personas. Si es que hay otras medidas cautelares que puedan prevenir ese riesgo, distintas a la privación de libertad, debería preferirse esas otras medidas cautelares", sostuvo.

En relación a los comuneros mapuche, la directora ejecutiva del organismo enfatizó que "no justifica una prisión preventiva necesariamente de un año y cuatro meses como el caso de los comuneros mapuche en huelga de hambre".

Sumado a ello, agregó que "tiene que ver además con la discusión respecto a cómo están regulados los testigos protegidos en la legislación chilena, que es algo también que ha sido cuestionado, incluso por organismos internacionales", acotó.

Piquer dijo que realizaron una revisión de las resoluciones judiciales en las cuales se revisó la prisión preventiva de los comuneros que están en huelga de hambre, analizando los argumentos que utilizaron los tribunales que están basados en la probable pena que van a tener los imputados si son condenados.

"Eso es prejuzgar, decir que estas personas si fueran culpables deben ser mantenidas presas, no se presumen inocentes", dijo.

 

Caso Quemados

Sobre las declaraciones de la candidata a diputado de la UDI, Loreto Letelier, quien dijo que el Caso Quemados no existe, la representante de Amnistía Internacional dijo que son preocupantes, por lo que hace un llamado a recordar que el Congreso Nacional es parte del Estado de Chile.

"Es fundamental que las personas que estén en el parlamento tengan una convicción real de defensa de los derechos humanos real al respecto y que en definitiva legislen en esa línea y no negando gravísimas violaciones de Derechos Humanos que ocurrieron en el pasado y que finalmente es abrir más la herida en vez de ayudar a construir un país que respete los derechos humanos", aseguró.

 

Comisión Valech I

Sobre levantar el secreto de la Comisión Valech I, Piquer sentenció que debe buscarse la forma de resguardar la información sin que se obstaculice la posibilidad de llevar adelante investigaciones judiciales respecto a la violación de derechos humanos que allí se cometieron

"Que eso se transforme en una traba para que los tribunales puedan avanzar en lograr justicia, en esos casos eso sería problemático", sostuvo. 

"Las víctimas tienen derecho a que no sea completamente público, en el sentido de que es distinto el decir que esos archivos sean algo completamente público, que lo consulte cualquier persona, a que esos archivos sean algo que pueda usarse en investigaciones judiciales y eventualmente con cierta protección para limitar el acceso a esa información", manifestó.