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Conoce cómo es el kit de emergencia que todo automovilista debe portar

Extintor contra incendios, una rueda de repuesto -junto a las herramientas que se ocupan para su cambio- el triángulo de seguridad y el chaleco reflectante son los elementos indispensables en los vehículos.

Sebastián Mora

Jueves 7 de enero de 2016

A partir del 1 de enero del 2016, los automovilistas de todo el país debieron agregar el chaleco reflectante dentro de los elementos indispensables al interior del vehículo.

La medida responde a la necesidad de evitar el aumento de víctimas por, en este caso, falta de visibilidad en caso de que el conductor baje del automóvil por un desperfecto.

Sin embargo, este es sólo uno de los implementos que todo automovilista debe portar, según lo estipulado en el Artículo 75 de la Ley de Tránsito.

En 24Horas.cl te dejamos el listado completo además de las multas que arriesgas en caso de no respetar la normativa, sobre todo ahora que muchas familias emprenden sus viajes de vacaciones:

EXTINTOR DE INCENDIOS

Los extintores están destinados para combatir emergencias relacionadas con incendios. Pero ojo, la Conaset explica que el dispositivo debe cumplir las siguientes reglas:

  • El agente extintor será polvo químico seco (PQS).
  • Disponer de manómetro para medir la presión.
  • Mantener la carga completa.
  • Tener una ubicación correcta, de manera que pueda ser usado de forma pronta y segura.
  • Estar certificado por una entidad de certificación
  • Llevar una etiqueta de registro con las fechas de revisión y control.

RUEDA DE REPUESTO

Corresponde a una rueda adicional completa -incluyendo la llanta y el neumático- destinada a reemplazar alguna que se dañe, piche y/o explote.

A ello se deben agregar las herramientas necesarias para efectuar el procedimiento mecánico, como una gata y llave de cruz.

TRIÁNGULO DE SEGURIDAD

Corresponde a un mecanismo de seguridad que permite a los demás choferes divisar una situación en que otro vehículo esté detenido por algún desperfecto.

De acuerdo al decreto que modificó la Ley de Tránsito, debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener al menos dos unidades y que sean de forma equilátera (los tres lados de igual medida)
  • Ser rojos y visibles tanto de día como de noche, siendo obligación que sea hecho con materiales retrorreflectantes
  • Estar confeccionados con materiales firmes, de manera que no se dañen en caso de accidente
  • Mantener la estabilidad para evitar su caída por la vibración que puede provocar el paso de otros vehículos

En cuanto a su uso, la ley es clara y advierte que "estos dispositivos se colocarán uno por delante y otro por detrás del vehículo, en forma tal que sean visibles por los demás conductores".

CHALECO REFLECTANTE

Fue el último elemento en ser agregado a la normativa y tiene la obligación de ser a base de material fluorescente de color amarillo, contar con bandas de material retrorreflectante de un ancho superior a los 50 mm y estar en un lugar accesible desde el interior del vehículo, para que el conductor que baje del auto lo haga con este elemento.

Según el decreto, estas son las alternativas que se pueden usar:

BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS

Corresponde a una especie de 'maletín' que puede contener diversos recursos para atender a un lesionado: suero fisiológico, analgésicos, alcohol, tela adhesiva, gasa esterilizada, guantes de procedimiento, pinzas, termómetro, algodón, vendas, etc.

Recordar que la Ley indica que el botiquín -con dos cuñas de seguridad- sólo es obligatorio para vehículos de carga, de locomoción colectiva y de transporte de escolares.

¿CUÁLES SON LAS MULTAS QUE SE ARRIESGAN?

 

Las infracciones por no poseer parte del kit variarán dependiendo del tipo de vehículo que viole las reglas. Esto se explica según la categorización que la Conaset hace del valor del parte dependiendo si son leves, menos graves, graves o gravísimas.

Carabineros confirmó a 24Horas.cl que las infracciones dependerán del juzgado de policía local con un tope.

En este caso, los costos serían los siguientes*:

ELEMENTOVEHÍCULOTIPO DE INFRACCCIÓNVALOR
ExtintorDe carga o transporte colectivoMenos grave0,5 a 1 UTM
ExtintorParticularLeve0,2 a 0,5 UTM
RuedaDe carga o transporte colectivoMenos grave0,5 a 1 UTM
RuedaParticularLeve0,2 a 0,5 UTM
TriánguloTodosLeve0,2 a 0,5 UTM
ChalecoTodosLeve0,2 a 0,5 UTM

*Cabe mencionar que el valor de la UTM es de, aproximadamente, $45.000.