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Revisa si te corresponde la devolución de excesos del Instituto de Seguridad Laboral

Más de 23 mil empleadores que contrataron el Seguro Social Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales puede acceder al beneficio.

24Horas.cl Tvn

Viernes 26 de febrero de 2016

El Instituto de Seguridad Laboral está realizando la devolución de excesos en pagos del Seguro Social  Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, que beneficia a más de 23 mil empleadores.

Aunque la campaña para el pago de este exceso comenzó en diciembre de 2015, todavía son muchos los que no han cobrado parte de los 3.900 millones disponibles.

Descubre si eres uno de los beneficiados y cómo puedes hacer efectivo este cobro que en algunos casos puede llegar a los 12 millones de pesos.

Quienes son los beneficiados

Los empleadores que a través del Instituto de Seguridad Laboral cotizan para sus trabajadores el Seguro Social Contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Cómo se generan los excesos

- El empleador pagó las cotizaciones al menos a dos instituciones durante el mismo período de remuneración.

- Trabajadores desvinculados o finiquitados siguen apareciendo en la planilla pago.

- Trabajadores independientes registrados que prestan servicios a honorarios.

- Tasa adicional mal aplicada o en el caso que el trabajador se encuentre con licencia, se paga la cotización en ese periodo

Documentos requeridos

Para poder acceder a la devolución es necesario presentarse en las oficinas del Instituto de Seguridad Laboral con los siguientes documentos:

- Carnet de Identidad

- Poder notarial si el trámite lo realiza un representante del empleador.

- Informe de devolución de imposiciones, cuando proceda la devolución

- Planillas de pago de cotizaciones relacionadas con el mes de remuneración.

- Certificado de afiliación a mutualidad (en los casos que amerite).

- Copia de la planilla del mes de remuneración relacionada.

- Copia legalizada del finiquito del trabajador.

- Copia de las planillas de cotizaciones canceladas erróneamente.

- Verificar que el trabajador no esté registrado como trabajador independiente en el ISL.

Plazo para el cobro

Para el cobro de este periodo el plazo se extiende hasta fines de marzo

Dónde realizar el trámite

Para recibir la devolución, el trámite se debe realizar de forma presencial, en las oficinas del Instituto de Seguridad Laboral o de Chile Atiende.

Cuánto se demora

Una vez aprobada la devolución, existirá un plazo de 10 días hábiles para recibir el pago y para cobrarlo se realiza un depósito bancario o Vale vista. Ambos se dispondrán únicamente para la entidad empleadora.

Conoce aquí si cuentas con devolución