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Subsidio de Arriendo: Postulaciones abiertas hasta el 16 de abril

El beneficio está enfocado para adultos mayores, familias vulnerables y de sectores medios.

24Horas.cl TVN

© Karla Santibáñez - 24Horas.cl

Lunes 26 de marzo de 2018

Hasta el 16 de abril el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) mantendrá abierto el proceso de postulación del primer llamado del Subsidio de Arriendo, beneficio orientado a familias vulnerables, de sectores medios y adultos mayores.

Este apoyo del Estado otorga a las familias un subsidio único y total de 170 UF como máximo el que se descontará hasta en 3 UF cada mes, el cual puede ser utilizado mensualmente de manera consecutiva o fragmentada en un plazo máximo de vigencia de hasta 8 años.

 

REQUISITOS GENERALES DE POSTULACIÓN

  • Ser mayor de 18 años de edad durante el periodo del llamado.
  • Contar con Cédula Nacional de Identidad vigente. Las personas extranjeras deben presentar Cédula de Identidad para extranjeros.
  • Postular al menos con su cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo. Las personas que tengan más de 60 años al momento de postular, no necesitan contar con núcleo familiar.
  • Pertenecer al 70% más vulnerable de la población, de acuerdo a la calificación socioeconómica vigente establecida en el Registro Social de Hogares (RSH). Se permitirá máximo una postulación por Registro Social de Hogares en cada llamado.
  • Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF en una cuenta de ahorro para la vivienda, al momento de postular la cuenta debe estar a nombre del postulante, cónyuge o conviviente civil.
  • Contar con un ingreso familiar mensual entre 7 UF y 25 UF.
  • Por cada integrante del núcleo familiar que exceda de tres, el ingreso máximo mensual del grupo familiar se incrementará en 8 Unidades de Fomento.

Acreditar ingresos del núcleo familiar

  • Se calcula sumando las rentas mensuales percibidas formalmente por cada integrante del grupo familiar.
  • Será consultado en línea según las cotizaciones previsionales realizadas. Si los períodos de las cotizaciones no son suficientes o esta verificación no está actualizada, podrá acreditar sus ingresos presentando al Serviu uno de los siguientes documentos:
  • Informe de boletas de honorarios electrónicas de los últimos 6 meses.
  • Informe de Liquidaciones de sueldo, correspondiente a los 6 últimos meses, de acuerdo al formato establecido por Previred o similar.
  • Detalle de cuentas en AFP de los últimos 6 meses.
  • Comprobantes de pago de pensiones de invalidez, de vejez y asistenciales.
  • Antecedente de pensión de alimentos.
  • Formulario 29 / pago de IVA (se obtiene en SII). Si no puede obtener este documento se podrá presentar el libro de compra y venta timbrado por el SII.
    Más requisitos en ESTE LINK.

 

REQUISITOS GENERALES PARA ADULTO MAYOR

  • Ser adulto mayor, tener más de 60 años al momento de postular, o cumplirlos durante este año calendario. Lo anterior se acreditará presentando Cédula de Identidad vigente.
  • Pertenecer hasta el 70% de la población más vulnerable de la población nacional de acuerdo a RSH.
  • Acreditar un ingreso mínimo equivalente a la pensión asistencial vigente ($102.897, Aprox. 3,8 UF), como base para acreditar ingresos y cálculo del copago.
    No se debe contar con ahorro mínimo.
  • Junto con los factores de puntaje regulares se otorgará un puntaje adicional por edad.

Beneficios

  • Monto de subsidio diferenciado por vulnerabilidad de acuerdo al RSH del Adulto Mayor beneficiado.
  • Cobertura del 90% al 95% de la renta mensual de arriendo.
  • Copago mensual del beneficiario de entre 5% al 10% de la renta mensual de arriendo.
  • Monto único de 1 UF adicional para financiar los gastos operacionales generados de la formalización del contrato (certificados y gastos notariales).
  • El monto de subsidio total se calcula en base al monto máximo mensual del subsidio por 24 meses más el monto adicional para financiar gastos operacionales.
    Este llamado especial exime de la prohibición de encontrarse postulando al Fondo Solidario de Elección de Vivienda.
  • El programa permite a los adultos mayores que postulan sin núcleo familiar volver a postular al programa, dando continuidad al beneficio (art. 22 DS N° 52).
  • Más información sobre los requisitos para adultos mayores en ESTE LINK.