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Ministro Cordero descarta veto presidencial a Ley Nain-Retamal

"El Ejecutivo no tiene dentro de sus estrategias próximas, el veto", enfatizó el Secretario de Estado tras un extenso debate en la Sala del Senado.

24horas.cl

Miércoles 5 de abril de 2023

Tras la aprobación en general y en particular de la Ley Nain-Retamal, que busca dar mayores atribuciones y respaldo a Carabineros, la Sala del Senado envió la iniciativa a tercer trámite en la Cámara de Diputadas y Diputados.

El avance se gestó por una indicación sobre legítima defensa en el Código Penal que surgió tras una negociación entre el Gobierno y oposicion, la que fue aprobada por 42 votos a favor y 3 abstenciones.

Al respecto, el ministro de Justicia, Luis Cordero, reaccionó a este avance en la agenda de seguridad. En particular a la solicitud de la senadora Fabiola Campillai (IND) del veto presidencial, que fue hecha antes de que se aprobara en general.

"El Ejecutivo no tiene dentro de sus estrategias próximas el veto", enfatizó el secretario de Estado.

Por otra parte, destacó el acuerdo que destrabó la ley en la Sala del Senado: "El hecho es que hoy el Ejecutivo promovió un acuerdo amplio, y lo promovió con distintos grupos de senadores y yo creo que esa es la noticia" y "es una solución satisfactoria".

Cabe señalar que el detalle de la nueva redacción de la norma que regula la legítima defensa en el Código Penal, según lo establecido, debería decir: "Se entenderá que concurre el uso racional del medio empleado si, en razón de su cargo o con motivo u ocasión del cumplimiento de funciones de resguardo de orden público y seguridad pública interior, repele o impide una agresión que pueda afectar gravemente su integridad física o su vida o las de un tercero, empleando las armas o cualquier otro medio de defensa".

En esta misma línea, añade que: "Los Tribunales, según las circunstancias y si estas demostraren que no había necesidad racional de usar el arma de servicio o armamento menos letal en toda la extensión que aparezca, deberán considerar esta circunstancia como atenuante de la responsabilidad y rebajar la pena en virtud de uno, dos o tres grados, salvo que concurra dolo".