Corte rebaja indemnización a menor de edad torturado en dictadura por considerar "breve" su detención
La Corte de Apelaciones de Santiago rebajó la suma otorgada a Edgardo Tritini Lillo a $15 millones, argumentando que el lapso de privación de libertad fue breve en comparación a otros casos.
Lunes 21 de septiembre de 2026
La Corte de Apelaciones de Santiago rebajó de $35 millones a $15 millones el monto que el Fisco deberá pagar como indemnización por concepto de daño moral a Edgardo Alexis Tritini Lillo, víctima de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura militar.
El fallo de la Novena Sala del tribunal de alzada modificó la sentencia dictada por el 18° Juzgado Civil de Santiago. La resolución argumentó que la cuantificación debe guardar proporcionalidad con la extensión del presidio, considerando que el afectado permaneció privado de libertad durante cinco días tras su aprehensión en 1987.
Según los antecedentes del proceso judicial, Tritini tenía 18 años (menor de edad según la legislación de la época) cuando fue detenido en la comuna de San Miguel por un grupo de Carabineros y posteriormente entregado a agentes de la CNI. En el subterráneo del Cuartel General de la PDI sufrió apremios ilegítimos y descargas eléctricas antes de ser liberado bajo amenazas.
El tribunal sostuvo que las sumas más elevadas deben reservarse para secuelas físicas irreversibles, exilio prolongado o la destrucción absoluta del proyecto de vida. La magistratura concluyó que, si bien el daño psicológico está acreditado mediante informes del programa PRAIS, la extensión temporal de la detención no equivale a privaciones de libertad que se prolongaron por meses o años.
El fallo ratificó el rechazo a las excepciones de prescripción e incompatibilidad con beneficios estatales vigentes planteadas por la defensa del Estado. La decisión fue acordada con el voto en contra del abogado integrante Rafael Plaza, quien se manifestó a favor de acoger la prescripción extintiva de la acción patrimonial.