CDE se querella por destrucción de mural de Nemesio Antúnez tras incendio de bodega en Plaza de Armas
La acción judicial por daño a monumento nacional se interpuso en contra de los arrendatarios del recinto, el empresario chino Xinlei Fan y el comerciante Cristian Figueroa. Dicho espacio fue usado irregularmente como bodega de artículos electrónicos, para proveer mercadería a las tiendas de su propiedad.
Jueves 2 de abril de 2026
El mural "Terremoto", obra emblemática del artista nacional Nemesio Antúnez, que data de 1958 y estaba ubicado en el vestíbulo del ex Cine Nilo, motivó una reciente querella del Consejo de Defensa del Estado (CDE). La obra, declarada monumento nacional en 2011, resultó con pérdida total luego del incendio que afectó a la galería Plaza de Armas en julio de 2025, ubicada frente a la Municipalidad de Santiago.
Dicha acción judicial —presentada ante el Séptimo Juzgado de Garantía de la capital— imputa el delito de “daño a monumento nacional” a Cristian Figueroa, arrendatario del recinto ubicado en el ex Cine Nilo.
El libelo también apunta que formalmente el contrato de arriendo estaba a nombre del hoy empresario e importador chino Xinlei Fan, que por el año 2012 alcanzó notoriedad pública gracias a un fugaz paso por Yingo, el recordado programa juvenil de Chilevisión.
De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, el siniestro se originó por una sobrecarga eléctrica en un sector donde funcionaba el antiguo Cine Nilo, usado de forma ilegal como bodega. En esta última se almacenaban elementos altamente combustibles, como carcasas de celulares, cables y baterías de litio, entre otros productos, destinados a abastecer a la cadena de locales de accesorios electrónicos "Motomo", propiedad de Fan.
"Terremoto"
El libelo del CDE enfatiza que ambos imputados actuaron con pleno conocimiento del valor patrimonial del inmueble, en cuyo muro estaba la obra “Terremoto”. Básicamente, porque en noviembre de 2024 el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) realizó una visita técnica y advirtió formalmente a los arrendatarios sobre la prohibición de intervenir el lugar.
Sin embargo, según apunta la acción judicial, los querellados instalaron racks metálicos y planchas de madera directamente sobre la pintura.
“Dicho uso como bodega era de tal magnitud que contaba con una estructura organizacional interna dirigida por Fan, incluyendo un jefe de bodega (Fernando García) y una dotación de al menos seis a siete trabajadores que desempeñaban funciones diarias de ordenamiento y despacho de mercadería en el lugar”, se lee en el documento judicial.
Sin patente
Al mismo tiempo, detalla el libelo, Xinlei Fan incumplió el contrato de arriendo que tenía con la sociedad Cochamó, que incluía una cláusula especial: no modificar el sitio, bajo ningún concepto. Es más, tampoco contaban con permisos regulares, declaró en su oportunidad el alcalde de Santiago Mario desbordes.
En la indagatoria, uno de los relatos clave para acreditar la posible responsabilidad fue el que entregó el contador de la empresa de Xinlei Fan, Patricio Pérez Ñegue.
Este último “confirmó que estaban al tanto de que el lugar carecía de patente de bodega debido al incumplimiento de requisitos de seguridad, situación que no impidió que Fan —quien reside en Chile hace años y domina el idioma español— continuara con la explotación del inmueble en estas condiciones de riesgo”.
Y concluye: “En definitiva, el incendio se originó precisamente en el sector utilizado como bodega por la empresa de Fan, donde la acumulación de los productos de su propiedad, además de dañar directamente el Monumento Histórico ‘Mural Terremoto’, sirvió como carga combustible determinante para (su) destrucción”.
Un solo cuerpo
La técnica usada por Nemesio Antúnez fue el “pigmento directo sobre hormigón”; o dicho de otra forma, “hacía una obra in situ, imposible de trasladar, lo que derivó en su exfoliación y desaparición completa ante las llamas”, resalta el CDE.
“Su carácter de obra integrada al inmueble implicaba que cada grieta del hormigón, cada variación del pigmento y cada gesto pictórico formaban parte de una unidad indivisible. La materialidad del muro y la pintura coexistían como un solo cuerpo, condición que la hacía irrepetible y extremadamente vulnerable a cualquier interferencia física o mecánica”, agrega la querella.
En rigor, el último esfuerzo estatal para recuperar la obra se ejecutó en 2019, pero quedó paralizado tras el estallido social y la pandemia.
Fallecido a mediados de 1993, Antúnez dedicó sus últimos años a dirigir el Museo de Bellas Artes de Santiago y también rememoró el programa Ojo con el Arte, emitido por TVN.
En tanto, para ahondar en la indagatoria que tramita la Fiscalía Centro Norte, el CDE pidió que sean interrogadas, entre otras, Stefany Fuentes Martínez, del Área Patrimonio en Riesgo; y Francisca Correa Astudillo, de la Comisión de Patrimonio Histórico, para que den cuenta de sus hallazgos.
Asimismo, solicitaron que el Ministerio Público obtenga desde el municipio de Santiago “los registros (...) que den cuenta de visitas, actividades de fiscalización o cualquier actividad de policía desarrollada en el inmueble en el período comprendido entre enero del 2024 y previo al incendio”.
Informe Especial intentó contactar por distintas vías a los querellados; sin embargo, hasta el cierre de este artículo no se obtuvo respuesta.
⚖️ ESTE ARTÍCULO DESCRIBE UN PROCESO JUDICIAL EN CURSO
Hasta la fecha NO existe una sentencia ejecutoriada que de por establecido lo que sucedió. Al ser un caso aún sin resolver, los involucrados son inocentes y ello sólo podría cambiar si la justicia determina algo distinto. Las opiniones expresadas en Informe Especial son de responsabilidad de quienes las emiten.