Licencias falsas: Suprema revoca prisión preventiva de médico condenado a 16 años de cárcel

De esta manera, el máximo tribunal dispuso que el sujeto, sancionado por delitos de asociación criminal, lavado de activos, falsificación de licencias médicas y fraude de subvenciones, se mantendrá con las medidas cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional. En simple, podrá esperar recluido en su casa un posible cambio en la sentencia, atendido que la condena de cárcel que recibió es un fallo de primera instancia y aún puede ser apelado ante tribunales superiores. 

Jorge Molina Sanhueza

Jueves 3 de septiembre de 2026

La Segunda Sala (Penal) la Corte Suprema acogió un recurso de amparo en favor del médico colombiano Jeynner Olivero, quien este lunes fue condenado a 16 años de cárcel por falsificación de licencias médicas, asociación criminal y lavado de activos, mientras la sentencia no se encuentre firme y ejecutoriada.

De esta manera, el máximo tribunal dispuso que Olivero se mantendrá con las medidas cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional.

Todo lo anterior en el marco del megafraude de licencias médicas, el caso más grande detectado hasta la fecha en el país, que provocó un perjuicio fiscal superior a los $31.000 millones de pesos en contra de Fonasa. En dicho caso, los condenados recibieron penas que van desde los 12 hasta los 21 años de presidio efectivo.

No obstante, de acuerdo con la resolución, la determinación adoptada previamente por el Séptimo Tribunal Oral, el pasado 23 de junio cuando comunicó el veredicto de carácter condenatorio, no se ajustó a los estándares requeridos.

Presunción de inocencia

“Que a todo evento, la descrita decisión erosiona un principio fundamental en la arquitectura del sistema de enjuiciamiento criminal como es la presunción de inocencia. En efecto, la aludida directriz -elevada por el propio código procesal penal a la categoría de principio básico- emerge como una auténtica regla de trato reconocida no solo a nivel interno sino que en el derecho internacional de los derechos humanos”, razonaron los ministros de mayoría.

Hay que recordar que el recurso de amparo aludido, fue rechazado anteriormente en la Tercera Sala del tribunal de alzada capitalino.

Este rechazo fue analizado por la Suprema que -en parte- acogió la acción constitucional por “falta de fundamentación”. En otras palabras, la Corte de Apelaciones no se hizo cargo de todas las alegaciones formuladas por el abogado Sebastián Bustos, patrocinante de Olivero.

A partir de este razonamiento, la decisión tenía un carácter ilegal “por cuanto se afecta indebidamente la libertad personal del recurrente, al privársele de esta, mediante una resolución que es carente de toda fundamentación en cuanto a la existencia de nuevos antecedentes que la justifiquen”.

El dictamen del máximo tribunal contó con los votos de mayoría de los ministros Leopoldo Llanos, María Gajardo y Jorge Zepeda. En tanto, las preferencias contrarias fueron de los magistrados Manuel Valderrama y María Catepillán.

Los otros

Consultado por Informe Especial, Bustos valoró la resolución adoptada por la Suprema en favor de su cliente.

En esa línea, explicó que uno de los argumentos de su alegato ante la Suprema fue precisamente la falta de fundamentación.

“Aquí se reconoció el principio de presunción de inocencia; además el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago fue ambiguo y por esta razón la Suprema estimó que la falta de fundamentación volvía ilegal la resolución”, explicó.

Junto a Olivero, el Séptimo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago condenó el lunes pasado a otras 16 personas a penas de prisión efectiva.

Pero en su caso podrá esperar recluido en su casa un posible cambio en la sentencia, atendido que la resolución de inicios de semana es un fallo de primera instancia y aún puede ser apelado ante tribunales superiores. 

El año pasado, el equipo de Informe Especial analizó cientos de miles de estos documentos para dar cuenta del Megafraude. Tras un exhaustivo cruce de datos que incluyó cada una de las 196.414 licencias médicas de cotizantes de Fonasa investigadas por la Fiscalía Oriente, fue posible identificar todas las entidades públicas y empresas privadas que fueron receptoras de estos permisos de reposo presuntamente fraudulentos emitidos por los médicos protagonistas de la trama. Las licencias revisadas suman más de 4 millones de días de reposo irregular. Es decir, unos 115 siglos: el equivalente a regresar el tiempo a la edad de piedra.

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