Papeleta y lápiz: ¿Cómo hay que votar para el plebiscito de salida?

Desde el Servel informaron cómo será la cédula electoral y cómo votar ese día para que el voto sea válidamente emitido.

24horas.cl

Miércoles 24 de agosto de 2022

La próxima semana, específicamente el domingo 4 de septiembre, se desarrollará el plebiscito de salida, instancia en la que la ciudadanía decidirá si aprueba o rechaza la propuesta de nueva Constitución elaborada por la Convención.

Considerando la importancia de esta votación, se hace relevante tener claro cómo habrá que votar en las urnas ese día.

El fin de semana, desde el Servicio Electoral (Servel) dieron a conocer cómo será la papeleta que se le entregará a los votantes en el plebiscito.

Según se evidencia, esta contendrá una única pregunta: "¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?".

Seguido de ello se visualizan dos opciones con dos rayas horizontales, una al lado de la otra, con "Apruebo" y "Rechazo" en las alternativas.

Para que el voto sea válidamente emitido, según consignó el Servel, el votante deberá marcar una sola opción con una línea vertical sobre la horizontal, esto con un lápiz pasta azul.

Luego marcar tu alternativa, tendrás que:

  • Doblar tu voto y cerrarlo con el sello adhesivo.
  • Mostrar, cortar y entregar a los vocales el talón numerado.
  • Introducir tu voto en la urna.

¿Cuáles son las razones válidas para excusarse de votar en el plebiscito?

Uno de los aspectos más importantes de esta votación es que será de carácter obligatorio, por lo que toda persona que tenga domicilio electoral en Chile deberá acudir a votar a las urnas.

Esto quedó regulado en el artículo 142 de la Constitución actual, en la cual se establecen cuatro principales motivos para excusarse de esta votación:

  1. Enfermedad
  2. Ausencia del país
  3. Encontrarse el día del plebiscito en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquél en que se encontrare registrado su domicilio electoral.
  4. Impedimento grave, que deberá ser debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica.

Cabe señalar que, el elector que no participe de esta votación –sin contar con alguna de las excusas antes mencionadas– será penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales, es decir, entre $29.386 y $176.316.

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