Consejo Constitucional aprueba que reos con enfermedades terminales puedan pedir reclusión domiciliaria

Por otro lado, el pleno aprobó la norma que exige la expulsión "en el menor tiempo posible" de aquellos migrantes que ingresaran por pasos no habilitado al país.

24horas.cl

Con información de ATON

Miércoles 20 de septiembre de 2023

Este miércoles el pleno del Consejo Constitucional aprobó la norma que establece que enfermos terminales podrán solicitar al tribunal cumplir la condena en reclusión domiciliaria total.

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La aprobación de la norma se enmarca en el debate y votaciones del Capítulo II de "Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales", que comenzaron este miércoles.

La norma fue aprobada con 31 votos a favor de la oposición, 18 en contra del oficialismo y una abstención de Gloria Hutt.

En detalle, esta indica que "las personas condenadas a una pena privativa de libertad podrán solicitar al tribunal competente la sustitución de dicha pena por la de reclusión domiciliaria total siempre que se acredite conforme a la ley, la existencia de una enfermedad terminal y que el condenado no represente un peligro actual para la sociedad".

Durante la discusión, la consejera Karen Araya (PC) señaló "al pleno, y sobre todo a la ciudadanía, que los republicanos se habían comprometido a eliminarla, pero eso no sucedió".

De esta forma, emplazó directamente a los representantes del Partido Republicano y manifestó que "me gustaría pedirle a los consejeros de ese partido que le expliquen al país, ¿por qué no cumplieron dicho compromiso?".

Consejo aprueba norma sobre inmigración ilegal

Por otro lado, el pleno aprobó la norma que exige la expulsión "en el menor tiempo posible" de aquellos migrantes que ingresaran por pasos no habilitado al país.

"La ley regulará el ingreso, estadía, residencia y egreso de extranjeros del territorio nacional. Los extranjeros que ingresen al territorio nacional de forma clandestina o por pasos no habilitados, serán expulsados en el menor tiempo posible o devueltos a su país de origen, tránsito o residencia, salvo en los casos de refugio o asilo expresamente contemplados en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes", dice la norma.

Asimismo, establece que "los extranjeros que cometan un crimen o simple delito dentro del territorio nacional y sean condenados a presidio efectivo, deberán cumplir la pena carcelaria en su país de origen, cuando corresponda, y en caso de cumplir la pena en nuestro país serán inmediatamente expulsados".

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