Niño falleció por Covid y no recibió atención oportuna en posta rural: familia recibirá millonaria indemnización

El Tercer Juzgado de Letras de La Serena condenó a la municipalidad de Monte Patria a pagar por concepto de daño moral.

24horas.cl

Jueves 2 de abril de 2026

El Tercer Juzgado de Letras de La Serena condenó a la municipalidad de Monte Patria a pagar una millonaria indemnización por concepto de daño moral a los familiares de un niño que padecía complicaciones por Covid y que falleció por la falta de atención oportuna en una posta rural.

En el fallo se concluyó que que “la asistencia brindada por la demandada, a través de las postas rurales Las Ramadas de Tulahuén y Tulahuén, al menor (…) efectivamente fueron tardías y deficientes, considerando que, en el caso de la Posta Rural Las Ramadas de Tulahuén la atención fue inexistente, por no encontrarse en funcionamiento el día de los hechos, mientras que en la Posta Rural Tulahuén la atención fue evidentemente tardía, bastando para tal conclusión el hecho de encontrarse sin funcionarios al momento del arribo del menor, debiendo la familia buscar primeros auxilios en el Retén de Carabineros, mientras esperaban el regreso de la única TENS en funciones”.

La resolución agrega que: “Que las declaraciones testimoniales mencionadas en el considerando anterior son precisas y esclarecedoras en cuanto al daño emocional que han experimentados los actores con el fallecimiento (del menor de edad), y revelan cómo perder a su hijo y hermano menor, respectivamente, los ha sumido en la tristeza y ha modificado profundamente sus relaciones familiares”.

“Que, además, se estima por esta sentenciadora que la existencia de este sufrimiento o da o fluye como consecuencia normal de los hechos establecidos en la sentencia, puesto que, si ha de ponderarse la gravedad del da o causado, no cabe duda de que la pérdida de una vida humana, más aún de un niño, resulta de una entidad imposible de soslayar”, añade.

Tras lo anterior, se condenó al municipio de Monte Patria al pago de un total de 280 millones de pesos a los padres y hermanos del menor.

“Que este dolor, angustia y sufrimiento deben ser reparados por la demandada y, en consideración de lo ya expresado, esta sentenciadora aval a prudencialmente el daño moral y estima como suma justa y equitativa la cantidad de $100.000.000.- (cien millones de pesos) para cada uno de los padres y $20.000.000 (veinte millones de pesos) para cada uno de sus cuatro hermanos”, detalló en fallo.

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