Corte rechaza tenencia compartida de gato tras quiebre de pareja de Osorno
Según el fallo, la legislación actual reconoce a los animales como "seres vivos sintientes", por lo que no deben ser considerados como "simples objetos de dominio o propiedad".
Miércoles 12 de agosto de 2026
La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó una demanda que buscaba establecer la tenencia compartida de un gato adoptado por una pareja que puso fin a su relación.
En un fallo unánime, el tribunal revocó la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras de Osorno, que había ordenado que el felino permaneciera un mes con cada uno de sus cuidadores de manera alternada, determinando que el animal debe permanecer bajo el cuidado de la mujer, a cuyo nombre está inscrito en el Registro Nacional de Mascotas.
En la resolución, la Corte sostuvo que existe un cambio de paradigma respecto de los animales domésticos, dejando atrás la visión que los consideraba únicamente bienes muebles.
"Los nuevos cuerpos normativos, entienden que los animales, son seres vivos sintientes, es decir, capaces de sentir dolor, placer y emociones, son por ello, individuos vivientes sensibles que merecen un trato diferente y por ende, dejan de ser o a lo menos no deben entenderse como simples objetos de dominio o propiedad", sostuvieron.
Bajo ese criterio, los magistrados señalaron que el centro de la discusión no debe ser el ejercicio de un supuesto derecho de propiedad sobre la mascota, sino garantizar su bienestar y protección.
La Corte también valoró los antecedentes aportados durante el juicio, los que demostraron un ambiente de tensión entre la expareja tras el término de la relación. En ese contexto, estableció que el gato actualmente vive con la demandada y que no existían pruebas suficientes para determinar que un régimen de cuidado compartido fuera la mejor alternativa para el felino.
Además, el fallo destacó que no se acreditó cuál de las partes mantenía un vínculo más fuerte con la mascota ni quién podría ofrecer mejores condiciones para su cuidado. Por ello, concluyó que la disputa respondía más a un enfrentamiento personal entre los involucrados.
"Esos elementos de convicción, centran la discusión en el interés humano, más no se advierte ninguna probanza que dé certeza de cuál es el mejor lugar para el gato", establecieron.
De esta forma, la Corte de Apelaciones de Valdivia resolvió desestimar la demanda por considerarla improcedente.