Bono Invierno 2026: lo que debes saber para recibir el beneficio
Este beneficio estatal contempla un pago único de $81.257 a las personas que cumplan con los requisitos.
Martes 14 de abril de 2026
El Bono Invierno es un beneficio estatal no postulable, destinado a apoyar a los adultos mayores durante los meses más fríos del año.
Consiste en un pago único de $81.257, dirigido a quienes tengan 65 años o más y cumplan con los requisitos establecidos. Este monto se entrega junto con las pensiones correspondientes a mayo de 2026.
Para saber si eres beneficiaria o beneficiario, ChileAtiende habilitó una plataforma donde puedes consultar con tu RUT la fecha y forma de pago. Además, es posible acceder a videoatención, comunicarse con el call center o acudir presencialmente a una de sus sucursales.
Requisitos Bono Invierno
Para recibir el bono, es necesario tener 65 años o más al 1 de mayo de 2026 y pertenecer a alguno de los siguientes grupos:
-
- Pensionadas o pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS), Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena), Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) o de mutualidades de empleadores. En estos casos, deben recibir un monto igual o inferior a la pensión mínima de vejez para personas de 75 años o más ($231.440,35).
- Pensionadas o pensionados de una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que reciban una pensión mínima con garantía estatal.
-
- Personas beneficiarias de la PGU que no reciban otra pensión. Tendrán derecho al Bono Invierno, incluso si el monto de la PGU supera la pensión mínima de vejez para personas de 75 años o más ($231.440,35)
- Personas beneficiarias de la Pensión de Reparación a Víctimas de Prisión Política y Tortura (Ley Nº 19.123 y artículo 1º de la Ley Nº 19.992)
- Personas con pensión de viudez de pensionados de reparación fallecidos (artículo séptimo transitorio de la Ley Nº 20.405)
-
- Personas con pensión no contributiva de exonerados políticos (Ley Nº 19.234)
- Personas beneficiarias del Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyo monto sea igual o inferior a la pensión mínima de vejez para personas de 75 años o más ($231.440,35)
- Pensionadas o pensionados de cualquier régimen previsional, cuyo monto sea igual o inferior a la pensión mínima de vejez para personas de 75 años o más ($231.440,35), y que además reciban la PGU