Bono de $30 mil por hijo: revisa quién tiene prioridad para recibir el pago
El proyecto de ley del Gobierno establece un orden de prioridad para definir qué adulto recibiría el beneficio de $30.000 por cada niño o niña. Revisa quiénes están primeros en la lista.
Miércoles 1 de julio de 2026
El Gobierno ingresó al Congreso el proyecto de ley que crea el Bono Extraordinario de Apoyo a la Niñez, un beneficio de $30.000 por cada niño o niña que cumpla los requisitos para ayudar a mitigar el alza del costo de la vida en los hogares más vulnerables.
La iniciativa aún debe ser aprobada por el Congreso para convertirse en ley.
¿Quiénes recibirían el bono de $30 mil?
De acuerdo con el proyecto, el beneficio se entregaría de forma automática, sin postulación, a niños y niñas que:
- Tengan entre 0 y 13 años, al 1 de junio de 2026.
- Pertenezcan al 80% más vulnerable del Registro Social de Hogares (RSH).
Cada niño o niña dará derecho a un solo bono.
Revisa si puedes recibirlo con tu RUT:
¿Quién tiene prioridad para recibir el pago?
El proyecto establece el siguiente orden para definir qué adulto recibirá el dinero:
- Personas que reciben el Subsidio Familiar (SUF).
- Quienes cobran la Asignación Familiar o Asignación Maternal.
- Beneficiarios del subsidio para personas con discapacidad (artículo 35 de la Ley N.º 20.255).
- Personas que reciben las transferencias del subsistema Seguridades y Oportunidades.
- El jefe o jefa de hogar, cuando no corresponda ninguno de los casos anteriores.
Es necesario tener presente que el orden de prioridad es una regla de asignación para la cuenta bancaria de destino, no un mecanismo de exclusión en caso de cumplir con los requisitos.
¿Cómo se pagaría el Bono de $30 mil?
El proyecto señala que no será necesario postular, ya que el beneficio se otorgaría automáticamente utilizando la información del Registro Social de Hogares y otros registros del Estado.
El aporte será de $30.000 por cada niño o niña que cumpla los requisitos, se pagará en una sola cuota y no constituirá renta ni remuneración, por lo que no estará afecto a impuestos ni descuentos.
Si una persona cumple los requisitos y no recibe el beneficio, podrá presentar un reclamo ante el Instituto de Previsión Social (IPS), de acuerdo con el procedimiento establecido en el proyecto de ley.
Cabe mencionar que, si la persona no cobra el beneficio nueve meses después de obtenerlo, perderá el beneficio.