Cómo saber cuánto dinero tienes en tu seguro de cesantía y qué pasa si no lo cobras
Los trabajadores regidos por el Código del Trabajo pueden acceder a pagos mensuales de su Cuenta Individual tras quedar desempleados. ¿Qué ocurre con ese dinero cuando jubilas?
Viernes 31 de julio de 2026
Cada persona contratada bajo el Código del Trabajo, acumula mes a mes un monto que muchas veces pasa desapercibido: el Seguro de Cesantía.
Los fondos se acumulan en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) administrada por la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía de Chile, AFC. Cada trabajador financia esta cuenta mediante un porcentaje de su remuneración imponible y puede retirar el dinero acumulado a través de giros mensuales.
Requisitos para solicitar el pago
La AFC exige acreditar la cesantía mediante un documento de término de relación laboral. Entre las alternativas se encuentran el finiquito, carta de despido, carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado del organismo laboral o una sentencia judicial.
Asimismo, es necesario registrar un mínimo de cotizaciones pagadas desde la afiliación o desde el último cobro:
- Contrato indefinido: al menos 10 cotizaciones mensuales.
- Contrato a plazo fijo, obra o faena: al menos 5 cotizaciones mensuales.
Las cotizaciones pueden ser continuas o discontinuas, aportadas por uno o más empleadores. Si el trabajador tenía jornada parcial, debe adjuntar su contrato de trabajo junto con el documento que acredita el fin de la relación laboral.
El proceso se puede realizar en la Sucursal Virtual de la AFC usando RUT y clave AFC o ClaveÚnica. Dentro de la plataforma se debe completar la información requerida y cargar el finiquito junto con una fotografía por ambos lados de la cédula de identidad vigente. Quienes prefieran la modalidad presencial pueden acudir a una sucursal de la AFC con su cédula vigente y el documento de respaldo de cesantía.
Los giros se interrumpen automáticamente cuando la AFC recibe el aviso de una nueva contratación. Esta notificación se genera con el pago de una nueva cotización, la declaración sin pago de deuda previsional o el aviso formal de inicio de labores por parte del empleador.
Porcentajes y montos de los pagos mensuales
Los desembolsos se realizan desde la cuenta individual mientras exista saldo disponible. Los montos corresponden a un porcentaje del promedio de las remuneraciones de los últimos 10 meses:
- Primer mes: 70%
- Segundo mes: 60%
- Tercer mes: 45%
- Cuarto mes: 40%
- Quinto mes: 35%
- Sexto mes o superior: 30%
Durante el período de cobro, los beneficiarios mantienen la cobertura de salud mediante Fonasa y acceden al seguro de lagunas previsionales para dar continuidad a sus cotizaciones de pensión.
Si el afiliado no cuenta con fondos suficientes en su CIC, puede recurrir al Fondo de Cesantía Solidario si cumple con las causales de término y las cotizaciones mínimas. De no reunir las condiciones para el Seguro de Cesantía, existe la opción de solicitar el Subsidio de Cesantía ante el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
Qué ocurre con el dinero si no se cobra
Las personas que se jubilan y mantienen saldo disponible en su Cuenta Individual de Cesantía pueden retirar la totalidad de sus fondos acumulados en un solo giro exento de impuestos. Alternativamente, pueden solicitar el traspaso de parte o la totalidad del dinero desde AFC Chile hacia su cuenta de AFP.
En caso de fallecimiento del titular, el saldo acumulado en la cuenta individual se entrega a los beneficiarios designados en vida ante la AFC o a sus herederos legales, quienes reciben la totalidad de los fondos en un único pago.