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Aprueban norma para transitar desde los derechos de aprovechamiento de agua a las "autorizaciones"

La propuesta aprobada señala que "en un plazo de doce meses, el Presidente de la República deberá enviar un proyecto de ley para la creación de la Agencia Nacional de Aguas y la adecuación normativa relativa a las autorizaciones de uso de aguas".

24horas.cl

Martes 14 de junio de 2022

Este martes la Convención aprobó una serie de normas transitorias que definen cómo se implementarían los artículos sobre el estatuto de las aguas que están en el borrador, si es que la nueva Constitución fuera aprobada en septiembre.

Cabe señalar que el proyecto constitucional deja de lado la existencia de los derechos de aprovechamiento de aguas, pues establece que habrán autorizaciones que serán otorgadas por una Agencia Nacional de Aguas, que serán "de carácter incomerciable, concedidas basándose en la disponibilidad efectiva de las aguas, y obligarán al titular al uso que justifica su otorgamiento".

En este sentido, la propuesta transitoria aprobada hoy señala que "en un plazo de doce meses, el Presidente de la República deberá enviar un proyecto de ley para la creación de la Agencia Nacional de Aguas y la adecuación normativa relativa a las autorizaciones de uso de aguas".

El texto especifica que, mientras no entre en vigencia dicha ley, las funciones de la Agencia Nacional de Aguas serán asumidas por la Dirección General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas, "que actuará en coordinación con los organismos públicos competentes y con el apoyo de los gobiernos regionales".

Además, se aprobó –con 103 votos a favor, 38 en contra y 5 abstenciones– una indicación a nombre de la convencional Jeniffer Mella (Frente Amplio) que determina que "con la entrada en vigencia de esta Constitución todos los derechos de aprovechamiento de aguas otorgados con anterioridad, se considerarán, para todos los efectos legales, autorizaciones de uso de agua según lo establecido en esta Constitución".

Esta agrega que "mientras no se dicte la legislación ordenada en el artículo transitorio anterior, se aplicarán las reglas que prescribe el Código de Aguas en materia de constitución y extinción de autorizaciones de conformidad a esta constitución, sin perjuicio de los procesos de revisión y ajuste de los caudales a ser redistribuidos en cada cuenca. En ningún caso se podrán aplicar las reglas relativas a la constitución de estas autorizaciones por remate".

Se aprobó también una norma que indica que "la Dirección General de Aguas o la Agencia Nacional de Aguas, según corresponda, de manera gradual, progresiva y con sentido de urgencia, realizará el proceso de redistribución de los caudales de las cuencas con el apoyo respectivo de los gobiernos regionales, para garantizar los usos prioritarios reconocidos en la Constitución".

Otro artículo propone la creación de una Comisión de Transición Ecológica convocada por el Presidente de la República, que dependerá del Ministerio del Medio Ambiente, y que estará encargada de "diseñar propuestas de legislación, adecuación normativa y políticas públicas orientadas a la implementación de las normas constitucionales del acápite de naturaleza y medioambiente".

Esta estaría compuesta por académicos, organizaciones de la sociedad civil, representantes de los pueblos indígenas y por los organismos públicos pertinentes.