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Convención rechaza incorporar frase “de la República de Chile” en uno de los artículos del Reglamento General

"Estamos viendo una muestra clara de totalitarismo y desconocimiento profundo de nuestro ser nacional", señaló la convencional Katerine Montealegre. Hay que recordar que se está votando el reglamento y no artículos de la nueva Constitución.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

Durante la jornada de este jueves, y en el marco de la votación en particular del Reglamento General, el pleno de la Convención Constitucional rechazó una indicación hecha por Vamos por Chile, la cual solicitaba incorporar la frase “de la República de Chile” en uno de los artículos.

El artículo 2º, referente al “Objeto del Reglamento”, señala que “el presente Reglamento tiene por objeto establecer la organización, el funcionamiento y los procedimientos de la Convención Constitucional”.

Desde el colectivo de Vamos por Chile, en su enmienda, habían pedido incorporar la frase “de la República de Chile”, después de la palabra “Constitucional”.

Sin embargo, la enmienda fue rechazada por 101 votos.

La decisión causó molestia en convencionales del grupo, quienes manifestaron sus opiniones a través de redes sociales. Por su parte, Ricardo Neumann aseveró que el concepto de República "nos subordinaba a una forma justa y democrática de respeto al Estado de Derecho. Nuevamente deciden saltarse las reglas que nos rigen y transitan peligrosamente a convertirnos en una CC de facto”.

Hernán Larraín declaró: "Se rechazó en el Pleno la indicación que buscaba incluir la frase 'República de Chile' en el Reglamento de la Convención. La primera vez pareció un error. Ahora fue en conciencia".

Es importante señalar que el rechazo de incluir el concepto “República de Chile” se relaciona a uno de los artículos propios del Reglamento General, y no de la nueva Constitución. Es más, el texto de la nueva carta magna deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Otra de las enmiendas propuestas por Vamos por Chile que fue rechazada por el pleno fue una del artículo 1°, sobre la "Naturaleza y finalidad de la Convención Constitucional". En este se establece que "la Convención Constitucional es una asamblea representativa, paritaria y plurinacional, de carácter autónomo, convocada por el pueblo de Chile para ejercer el poder constituyente. La Convención reconoce que la soberanía reside en los pueblos y que está mandatada para redactar una propuesta de Constitución, que será sometida a un plebiscito. Las normas del presente reglamento se interpretarán en el sentido que facilite este fin".

Desde el grupo habían solicitado sustituirlo, y agregar en su contenido que: "La Convención Constitucional es el órgano del Estado al que se refiere el Capítulo XV de la Constitución Política de la República de Chile, compuesto por 155 convencionales constituyentes, electos de conformidad a las normas constitucionales y legales vigentes, paritario y con convencionales de pueblos indígenas electos a través de escaños reservados, de carácter autónomo, convocado para efectuar una propuesta de nueva Constitución la que será sometida a un plebiscito nacional constitucional conforme se señala en los artículos 142”.

Sin embargo, fue rechazada por 111 votos. La indicación al artículo 1° que sí se aprobó fue una realizada por los convencionales de Pueblo Constituyente, Movimientos Sociales Constituyentes, Chile Digno y miembros de escaños reservados, para agregar la palabra “originario” a continuación de “constituyente”.

A raíz de esta situación, Katerine Montealegre señaló que "el pleno acaba de aprobar que la Convención es un poder constituyente originario, autónomo y soberano y deja fuera nuevamente la frase 'República de Chile'. Estamos viendo una muestra clara de totalitarismo y desconocimiento profundo de nuestro ser nacional".

Foto: ATON