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Comisión de Constitución de la Cámara despacha proyecto de retiro del 10% de fondos de las AFP

En el debate, la comisión sólo aprobó la indicación de que el retiro de los ahorros no sea tributable ni imponible, tampoco sujeto a comisiones. Ahora, el proyecto regresa a la sala para su debate y votación en particular.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

Esta tarde la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados revisó las indicaciones al Proyecto Reforma Constitucional que permitiría el retiro de hasta el 10% de los Fondos de las AFP para que las personas puedan enfrentar los efectos de la pandemia del coronavirus, despachando el proyecto a la Sala para su debate y votación en particular.

El proyecto de reforma constitucional que incorpora como parte del derecho a la seguridad social, la facultad de los afiliados a un sistema de capitalización individual, de retirar parte de sus fondos previsionales, durante la vigencia de un estado de excepción constitucional de catástrofe.

En la instancia se aprobó por 7 votos a favor, 4 en contra y una abstención, consignar que los fondos retirados a los cuales hace referencia la presente iniciativa, no constituirán renta o remuneración para ningún efecto legal, en consecuencia, serán pagados en forma íntegra, y no estarán afectos a comisiones por parte de las Administradoras de Fondos de Pensiones.

Una segunda indicación, ratificada por el grupo parlamentario que preside el diputado Matías Walker (DC), cambió el nombre de la iniciativa por “Proyecto de reforma constitucional que permite el retiro excepcional de los fondos de capitalización individual en las condiciones que indica, y mandata la creación de un Fondo de Ahorro Colectivo”.

 

Indicaciones rechazadas

En la sesión, desarrollada en forma mixta presencial-telemática, se rechazó indicaciones que proponían un nuevo artículo 1º que buscaba establecer que, por la declaración del estado de catástrofe, el Presidente de la República podría restringir las libertades de locomoción y de reunión; y debía permitir, a todos los afiliados del sistema privado de pensiones, el retiro de un monto de dinero de sus cuentas de capitalización individual.

Tampoco se aprobó eliminar el mínimo de treinta y cinco unidades de fomento, dispuesto para el retiro de fondos desde las cuentas de capitalización individual.

 

Otra de las indicaciones rechazadas por la Comisión señalaba que el ejercicio de la facultad de retirar fondos previsionales sería incompatible con la postulación y recepción del beneficio de préstamo estatal solidario contemplado en el Programa de Ayuda a la Clase Media en el contexto del estado de excepción constitucional de catástrofe vigente en el país.

En consecuencia, el afiliado debía ponderar y decidir cuál de ambos mecanismos ejercería, para lo cual se entendería que la simple postulación al crédito obsta el ejercicio de la facultad de retiro de fondos previsionales. Con todo, de haber sido rechazada dicha postulación, se entendería que el afiliado puede ejercer la facultad de retiro.

Finalmente, la instancia parlamentaria rechazó incorporar que las AFP deban informar en la cartola mensual que hacen llegar a sus afiliados, los montos disponibles en sus respectivos fondos, además de una explicación detallada que indique cómo se vería afectada su pensión futura en caso de acceder al retiro.

Con información de la camara.cl