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El especial cumpleaños en Chiloé: hombre celebró 107 años en plena pandemia

El alcalde de la zona llegó "de pasadita" para celebrar a Antonio Haro, quien se mantiene en buen estado pese a su avanzada edad.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

Mientras el mundo entero lamenta el aumento de fallecimientos y contagios por el coronavirus COVID-19, un habitante de Chiloé celebró este viernes sus 107 años de vida.

Se trata de don Antonio Haro, quien vive en la localidad de Llau Llao y pese a su avanzada edad se mantiene con una salud adecuada para seguir enfrentando el día a día.

Juan Eduardo Vera, alcalde de la ciudad, visitó a Haro y quiso entregarle una torta y un especial saludo de cumpleaños, pero resguardando las medidas sanitarias vigentes.

Asimismo, Vera destacó la entereza de la persona celebrada y aclaró que fue "de pasadita" y "con los cuidados que se deben tener" para saludar a don Antonio.

"De pasadita -por la contingencia y cuidados que se deben tener. pasamos a saludar en Llau Llao a don Antonio Haro quien hoy cumplió 107 años. Si, 107 años. Muchas felicidades, querido y gran amigo", dijo el edil.

CORTE DE TEMUCO: COLEGIO DEBERÁ DEJAR DE COBRAR MENSUALIDAD MIENTRAS NO HAYA CLASES

La Corte de Apelaciones de Temuco dio luz verde a la orden de no innovar contra del colegio George Chaytor de Temuco, luego de que apoderados pidieran congelar el pago de mensualidades mientras no se retomen las clases presenciales a raíz del coronavirus COVID-19.

Según la resolución del tribunal, se aceptó la orden de no innovar al segundo otrosí del recurso expuesto por los apoderados, quienes exigieron al establecimiento "abstenerse de efectuar y aplicar los cobros correspondientes a los servicios correspondiente a la totalidad de los contratos de prestación de servicios educacionales suscritos para el año escolar 2020".

Para los representantes y apoderados, el colegio "no tiene la intención de suspender el cobro de los servicios, existiendo norma expresa que así lo señala, y pretende una modificación unilateral a la prestación de sus servicios".

"Este acto vulnera el derecho de propiedad de todos los apoderados, al obligarnos a efectuar un desembolso monetario sin recibir el servicio contratado", añadió la petición presentada.

Asimismo, los padres reclamaron que que a la fecha los servicios educacionales no se están prestando en la forma en que fueron contratados, es decir, "desde la fecha de la suspensión de clases al día de interposición de esta acción, no han tenido clases".

Finalmente, el recurso fue solicitado ante la Corte porque, según los demandantes, el director del establecimiento solo se abrió a la posibilidad de cambios en los pagos pero mediante la extensión de fechas para el cobro o el aumento de becas.