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El paso a paso para pedir la retención del 10% por pensión alimenticia impaga

El Poder Judicial entregó el detalle del proceso, el cual se realizará por internet a contar de este jueves.

24horas tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

Este jueves comenzó el proceso de solicitud para el retiro del 10% de los fondos personales ahorrados en las AFP, montos que serán entregados de forma íntegra y sin descuentos para los afiliados.

Sin embargo, la única excepión correrá para los deudores de pensión alimenticia, a quienes sí se les retendrá el dinero para costear sus deudas.

¿Cómo se efectuará esta acción? El trámite se realiza a través del sitio web del Poder Judicial con el siguiente paso a paso:

  1. Selecciona el trámite “Retención judicial del retiro del 10% de la AFP” en la Oficina Judicial Online del Poder Judicial.
  2. Completar los datos solicitados y adjuntar los documentos que el formulario indica.
  3. Verificar los datos ingresados, validarlos e ingresar un correo electrónico para recibir el formulario y el certificado de ingreso.
  4. Automáticamente, el Poder Judicial generará los documentos que acrediten la solicitud de retención del 10%. ¡Y listo!

Para poder realizar el trámite, deberá:

  1. Contar con su Clave Única de Estado
  2. Seleccionar la causa (de entre aquellas que se encuentran vinculadas a su RUT) o el trámite que desea realizar
  3. Completar la información que se le solicita según el tipo de trámite
  4. Enviar al tribunal desde la misma página

Recordar que el proceso eso completamente online, no es necesario ir presencialmente a un Juzgado de Familia.

Por otro lado, Gloria Negroni, jueza del Tercer Juzgado de Familia de Santiago, explicó a 24 AM que tras el envío del formulario, el Tribunal deberá verificar cuál es el monto que se adeuda. "Tenemos que determinar cuál es la deuda por pensión alimenticia. Tenemos claro que hay muchas personas que deben pensiones y, obviamente, cuando voluntariamente decidan retirar su 10%, lo que hará el Tribunal va a ser pedir a la AFP que congele esos fondos", agregó Negroni.

Respecto de este paso, la magistrada manifestó que va a tardar unos días desde que se completa y envía el formulario, por ello, "lo que vamos a hacer los jueces es que inmediatamente después que se haga la solicitud, vamos a oficiar a la AFP para que se congelen los montos. Y una vez que tengamos el cálculo de cuánto es lo que se debe, hay una serie de trámite de informar al deudor".

Así, el padre o madre que presente deudas tendrá la oportunidad de pagar el monto u objetar la cantidad. "Durante todo este tiempo, los fondos van a estar congelados", aclaró Negroni.

En caso de que el Tribunal determine que el monto es el correcto y el deudor no pague, se está trabajando para que se realice un depósito directo desde la AFP a la cuenta a la vista del BancoEstado que debe tener el cuidador.

"Una vez que tengamos todas las objeciones, ahí podemos decirle a la AFP que, ojalá por transferencia electrónica, deposite en la cuenta a la vista", añadió.

Asimismo, aclaró que "mientras exista deuda, siempre existe el apremio, la posibilidad de la retener el dinero en la primera o en la segunda cuota" del retiro del 10%.