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Largas filas para cobrar beneficios del gobierno: AFC alerta que ley de protección del empleo aún no opera

Desde el organismo llamaron a las personas a no acudir a las oficinas, ya que es posible hacer todos los trámites a través de internet.

24horas tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

Desde este jueves se han registrado largas filas en las diferentes oficinas de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) debido a la gran cantidad despidos que se han producido durante los últimos meses, lo que se suma a los beneficios anunciados por el Gobierno que serán entregados por medio de esta misma entidad.

Esto ha ocasionado aglomeraciones, que es justamente lo que se quiere evitar producto de la pandemia de COVID-19 que afecta al país.

Desde la AFC afirmaron que estas filas se han ocasionado por la desinformación de la gente, ya que si bien son ellos los que entregarán los beneficios del Gobiernos la ley aún no está operando. Además, recalcaron que todos los trámites son posibles de hacer a través de su página de internet.

Es por esto que en su página web aclararon la situación como una manera de intentar descongestionar las oficinas.

"Aún no opera la ley de protección del empleo impulsada por el Gobierno. Estamos trabajando en su implementación", informan.

Además aclararon que "la inscripción a este beneficio será vía web e ingresada exclusivamente por su empleador".


Ley de protección del empleo

Esta ley impulsada por el Gobierno pretende ir en ayuda de los trabajadores que producto de la pandemia perdieron sus fuentes laborales o están viendo disminuidos sus ingresos.

Esta medida se aplica cuando la autoridad sanitaria, o de seguridad, ordena la paralización total o parcial de las actividades (por ejemplo, en cuarentena) y permite que las y los trabajadores puedan acceder a su remuneración a través del seguro de cesantía.

En este caso, el empleador o empleadora tendrá la obligación de:

  • Pagar las cotizaciones previsionales y de salud, excluyendo solo las que se establecen en la ley de accidentes del trabajo.
  • No despedir a las y los trabajadores, salvo que la causal de despido indique necesidades de la empresa.

Además, se permitirá a los empleadores pagar la cotización de pensiones dentro los doce meses posteriores al término de la vigencia de la ordenanza y que no se les aplique intereses, reajustes ni multas.

Pueden acogerse al beneficio: las trabajadoras y trabajadores regidos por el Código del Trabajo, que estén afiliados a la Administradora del Fondo de Cesantía (AFC), y que cumplan alguno de los siguientes requisitos:

  • Registren tres cotizaciones continuas en los últimos tres meses anteriores a la ordenanza.
  • Registren seis cotizaciones continuas o discontinuas durante los últimos 12 meses, siempre que, a lo menos, sus últimas dos cotizaciones sean con el mismo empleador en los 2 meses anteriores de la ordenanza.