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Minsal "hará su máximo esfuerzo" para entregar correos electrónicos "en el plazo determinado"

El ministro de Salud, Enrique Paris, aseguró que la decisión de la justicia de aceptar la prórroga no es revés y que todos los e-mails se entregarán en un plazo máximo de tres días hábiles.

24horas tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

El ministro de Salud, Enrique Paris, se refirió al rechazo del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago a la prórroga de 42 días que se había solicitado para entregar los correos de la cartera, asociados a la investigación por el manejo de datos de las cifras de COVID-19 en el país.

En ese sentido, la autoridad sanitaria enfatizó que "no lo considero ningún revés. Estos son avatares propios de la justicia. Los abogados del Ministerio pidieron una prórroga, no se otorgó y nosotros obviamente vamos a cumplir a cabalidad el dictamen de la justicia y se entregarán los correos en el plazo determinado".

En ese sentido, destacó que se trata de 49 mil correos electrónicos, "de los cuales hay que seleccionar cuáles son que comprometen la seguridad nacional o la privacidad de los pacientes".

Para ello, precisó que quizás se contrate gente o se destine a más personal para cumplir con el plazo estipulado por la justicia, el que fue de sólo tres días hábiles.

"Si ese es el plazo de la Justicia, así se hará. Haremos todos los esfuerzos para dar respuesta a la petición el juez", sentenció.

Recordar que a juicio del tribunal, no sería necesario revisar la base de datos de más de 49 mil correos en su totalidad, para efectuar la investigación, como argumentaba el ministerio. Al revisar sólo los que tienen que ver con materias referentes a la pandemia, no se afectaría la seguridad nacional.

En detalle, la resolución del tribunal destaca que el procedimiento propuesto por el Ministro de Salud para efectos de identificar, revisar y analizar la información contenida en los correos electrónicos antes de entregarlos a la fiscalía del Ministerio Público sería "incompatible con la finalidad de la diligencia autorizada por este tribunal, considerando el lapso transcurrido desde la fecha de tal autorización, restando aún el cumplimiento de las demás fases detalladas en la resolución de 16 de octubre para hacer efectiva la medida" y repone que si se concediera la prórroga en los términos solicitados, la información no estaría en manos del ente persecutor para los fines investigativos, afectando el proceso.