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Presidente Piñera promulga ley que endurece castigos para quienes infrinjan la cuarentena

La modificación implica que las sanciones que iban de 61 a 540 días o una multa de $300 mil a $1 millón, aumentan a un rango de 61 días a 3 años, o a una multa de $300 mil a $10 millones.

24horas tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

La tarde de este jueves, el Presidente Sebastián Piñera, promulgó el proyecto de ley que modifica el Código Penal y aumenta las sanciones para quienes violen la cuarentena decretada por la pandemia del coronavirus, o infrinjan cualquier norma sanitaria impuesta por la autoridad.

"Hemos tomado un conjunto de medidas preventivas y hemos incrementado sustancialmente nuestro sistema de salud para prestar las atenciones médicas que nuestros compatriotas, los que están enfermos necesitan", expuso.

Haciendo hincapié en que las cuarentenas han afectado a 9 millones de chilenos y chilenas; y enumerando las medidas como residencias sanitarias, cordones sanitarios y aduanas sanitarias para combatir la propagación de la pandemia del COVID-19.

 

"Se han realizado más de 24 millones de controles y se han realizado más de 100 mil detenciones", explicó el mandatario, quien indicó que ninguna de estas medidas eran suficientes, sin la ayuda y prevención de las propias personas para que cumplan con el lavado de mano, uso de mascarillas y distanciamiento físico.

"Pero también hemos tomado otras medidas que está promulgado y pronto entrará en vigencia, para decirle fuerte y claro que no tienen derecho a comprometer la salud y la vida de todos los demás por su conducta irresponsable y egoísta", expuso el Mandatario.

El Presidente sostuvo que el sistema de salud está extraordinariamente demandado y exigido, pero que lo siguen fortaleciendo, con la llegada de ventiladores mecánicos y de oxigenación.

MULTAS Y SANCIONES

La modificación implica que las sanciones que iban de 61 a 540 días o una multa de $300 mil a $1 millón, aumentan a un rango de 61 días a 3 años, o a una multa de $300 mil a $10 millones.

Por otra parte, la ley considera un agravante convocar a espectáculos, celebraciones o festividades, y se considera delito calificado para quien ponga en riesgo la salud pública, con penas de541 días a 5 años y multas de $ 1,2 millones a $12,5 millones.

La iniciativa también sanciona al empleador que ordena al trabajador a infringir las medidas sanitarias concurriendo presencialmente al trabajo y permite establecer la responsabilidad penal de la persona jurídica.

ACUERDO NACIONAL

El Mandatario también agradeció a quienes participaron del acuerdo nacional, el cual según explicó tiene dos objetivos: "proteger mejor y coimas beneficios a las familiar chilenas y proteger a mas familias, el acuerdo aumenta la cobertura de estos beneficios; pero también de mejorar nuestra capacidad de mejorar los empleos, los salarios y las oportunidades de todos los chilenos".