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Superintendencia de Pensiones emite oficio definitivo para el retiro de fondos: Proceso inicia este jueves a las 09:00

El instructivo establece que las aseguradoras están autorizadas para informar a los afiliados que hasta el 2 de agosto próximo, las solicitudes de retiro deberán realizarse de forma remota o vía online.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

 

Este lunes la Superintendencia de Pensiones entregó el oficio definitivo para la entrega de los fondos previsionales que soliciten los afiliados, estableciendo como horario inicial de este proceso las 09:00.

Asimismo, las aseguradoras están autorizadas para informar a los afiliados que hasta el 2 de agosto próximo, las solicitudes de retiro deberán realizarse de forma remota.

 

En ese sentido, se indicó además que las AFP deberán habilitar en el Home o página inicial de cada sitio web, un acceso que conduzca directamente a la aplicación informática para el ingreso de las solicitudes de los afiliados.

Del mismo modo, deberán también diseñar un formato único de solicitud, el cual deberá contener la misma información a los afiliados y beneficiarios, junto con entregar los mismos mensajes a cada parte.

En ese sentido, tal como había aclarado el superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías en 24 Horas Central, las instituciones deberán solicitar la siguiente información:

-Número de cédula de identidad y su serie o número de documento
-Domicilio completo (opcional)
-Teléfono
-Correo electrónico
-Modalidad de pago requerida

 

En tanto, la aplicación informática en donde se llevará a cabo el trámite deberá consultar al solicitante si desea realizar el monto máximo de retiro (equivalente a la totalidad de los recursos que puede retirar, según establece la reforma constitucional, lo que se traduce en el 10% de sus fondos totales) con alternativas de respuesta "Si" o "No".

Si el afiliado selecciona la alternativa "No", implicará que realizará un retiro parcial del 10% del total de sus fondos previsionales, en donde se le deberá permitir a la persona seleccionar o ingresar el porcentaje del retiro que desea realizar respecto al máximo permitido en la reforma constitucional.

CONSEJOS Y DETALLES

- El proceso comenzará este jueves 30 solo de manera digital. Toda la información sobre cómo se realizará y las preguntas frecuentes será a través del sitio web www.mi10afp.cl, donde también se podrá ingresar el formulario para solicitar el dinero desde el jueves.

- Hay un plazo máximo de 365 días para retirar el dinero, por lo que se hace un llamado a que las personas que no tengan gran urgencia en obtener los fondos, no hagan sus solicitudes en los primeros días, con el fin de no colapsar el sistema, ya que se estima que potencialmente podrían realizarse hasta 22 millones de transacciones en un mes.

- El llamado es no ir a las sucursales para evitar aglomeraciones y largas filas, al menos durante esta primera etapa.

- El pago será en dos cuotas y el monto a retirar será definido por los solicitantes. Cabe señalar que solo en el caso que el retiro sea menor a 35 UF y que signifique el retiro del total de los ahorros, se entregará en una sola cuota.

- El primer pago se realizará a los 10 hábiles de ingresada la solicitud y el segundo 30 días hábiles después de la cuota inicial.

- Se recuerda que las administradoras no van a solicitar los datos de acceso a sus cuentas, ni a través de correos ni de llamados telefónicos, por lo que se hace un llamado a estar atentos ante cualquier posible fraude.

EL PROCESO PASO A PASO

  • El primer paso para gestionar el retiro de los fondos es que el afiliado realice la solicitud de retiro en la web AFP, sin necesidad de clave de acceso.
  • Para realizar la solicitud, se debe ingresar el rut y número de serie del carnet de identidad.
  • En este formulario, el afiliado deberá ingresar sus datos personales, el monto que desea retirar y la forma de pago (transacción electrónica, vale vista, pago presencial)

 

  • Dos días hábiles después de realizar esta solicitud, los afiliados recibirán una respuesta de aprobación o rechazo por parte de su administradora. La solicitud podría no ser aprobada si los datos de serie del carnet de identidad o de los datos de la cuenta bancaria no son correctos.
  • Las administradoras tienen 10 días hábiles para el pago de la primera cuota con el 50% del total solicitado, desde que se ingresa la solicitud. Adicionalmente, una vez ingresada la solicitud, las administradoras dispondrán de información sobre el estado  de avance de la solicitud de cada afiliado.
  • En una segunda cuota se entregará el 50% restante, en un máximo de 30 días hábiles desde el primer pago. Cada pago tendrá un límite de 75 UF (aprox 2.167.500).
  • Aquellos retiros que sean menores de 35 UF y que signifique el total de los ahorros de los afiliados, se les entregará en una sola cuota.
  • Los fondos no constituyen renta o remuneración por lo que no estarán afectos a impuestos, comisiones o descuentos (ni de las administradoras ni de los bancos). La única excepción es el pago de deudas por pensión alimenticia y compensación por divorcio.
  • El pago se hará vía transferencia a una cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2) o el depósito en una cuenta bancaria o cuenta de provisión de fondos en cajas de compensación, debiendo para estos efectos informar el afiliado N° de cuenta, tipo de cuenta y nombre de la entidad. El afiliado también podrá optar por el pago mediante un vale vista nominativo para ser cobrado en una entidad financiera.      
  • Es importante que afiliados chilenos o extranjeros cuenten con su cédula de identidad o en caso de no tener rut, podrán usar el número identificatorio para cotizar y la clave de acceso a la AFP.
  • En caso de que el solicitante del retiro tenga deudas originadas por obligaciones alimentarias o compensación económica en juicio de divorcio, la AFP destinará los fondos al beneficiario indicado por el tribunal de justicia.