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Respondemos las 9 preguntas más frecuentes ante el plebiscito del 25 de octubre

La votación busca definir si se redactará una nueva Constitución de la República y, de llegar a ese acuerdo, quiénes compondrán el órgano encargado de hacerlo.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

Se acerca el 25 de octubre y, con él, la realización del Plebiscito 2020 para definir la eventual redacción de una nueva Constitución de la República y, de aprobarse dicha propuesta, determinar quiénes serán los encargados de redactar dicho documento.

Las votaciones -que originalmente fueron calendarizadas para abril de este año, pero se retrasaron a causa del brote de COVID-19- serán el "primer plebiscito" para muchos habitantes, además de un momento histórico para la democracia de nuestro país. Para responder las dudas que puedan surgir en torno al proceso, te presentamos 9 preguntas sobre el proceso y sus respectivas respuestas.

1. ¿Es obligatorio acudir a votar en este Plebiscito?

No, el sufragio es personal, igualitario, secreto y voluntario.

 

2. Si me toca trabajar el día del Plebiscito, ¿cómo puedo ir a votar?

El día que se fije para la votación será feriado legal y se efectuarán en domingo. Además, la ley establece que ninguna autoridad o empleador podrá exigir a sus trabajadores servicio o trabajo alguno que impida que acudan a votar. En el caso de labores que deban realizarse necesariamente el día del plebiscito, los trabajadores deberán contar con una ventana de dos horas para ir a sufragar sin que se le pueda descontar ese tiempo de sus remuneraciones.

 

3. ¿Cómo puedo saber en qué local y mesa me toca ir a votar?

Puedes consultar tus datos electorales en este enlace. Allí ingresando tu RUT podrás ver en qué región, provincia, comuna y circunscripción electoral estás inscrito, además del identificador de tu mesa de votación y si estás habilitado o no para votar.

 

4. ¿Qué documento debo llevar?

Sólo se puede votar mostrando la cédula de identidad o pasaporte. Ambos pueden estar vencidos hasta 12 meses.

 

5. Si una persona presenta dificultades para votar por encontrarse en situación de discapacidad, ¿puede recibir ayuda?

Sí, puede optar por el voto asistido. Esta modalidad consiste en que el lector reciba ayuda para votar por parte del presidente de su mesa o de alguna persona de su confianza mayor de edad, quienes le pueden acompañar a la cámara secreta.

Para las personas en situación de discapacidad visual también existe como alternativa usar una plantilla de mica transparente que posee las ranuras correspondientes a cada materia que se votará en la elección. Además, se dispondrá de plantillas con el sistema braille.

¿Y puede tener preferencia al acceder a una mesa?

Sí, una persona en situación de discapacidad puede tener la preferencia siempre que ningún elector se oponga. Además, si tiene dificultades para llegar a su mesa puede solicitar asistencia del personal encargado de la fuerza de orden público para desplazarse hasta ella.

 

 

6. ¿Puedo presenciar el recuento de votos en el local de votación?

Sí, este proceso es público y por tanto puede acudir cualquier persona que lo desee.

 

7. ¿Cuándo se informan los vocales de mesa definitivos?

Los electores con derecho a sufragio conocieron la primera nómina de vocales de mesa el sábado 3 de octubre. Luego, una vez que quienes presenten excusas sean excluídos de la función, se publicará la nómina definitiva de reemplazantes el 10 de octubre de 2020.

Quienes integren esta última lista no podrán presentar excusas de desempeño.

8. ¿Qué ocurre si una persona designada como vocal de mesa no asiste a dichas funciones?

Se expone a ser denunciado ante el Juzgado de Policía Local. La ley establece una multa a beneficio municipal de entre 2 y 8 Unidades Tributarias Mensuales.

9. ¿Cuál es el período de propaganda electoral? 

Abarca desde el 26 de agosto hasta el 22 de octubre de 2020.

 

Fotos: Agencia Aton.