Click acá para ir directamente al contenido

Proyecto de ingreso mínimo garantizado ¿En cuánto quedarían los sueldos líquidos con el aporte?

La propuesta establece un subsidio máximo de 59.200 pesos para complementar el sueldo de los más vulnerables.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

Llegó marzo y con esto se acaban las vacaciones en el Congreso. La agenda relativa a las demandas sociales pendiente en el parlamento toma protagonismo nuevamente. En esa lógica el martes 3 de marzo el Gobierno anunció que se ingresará una "urgencia inmediata" a la tramitación del proyecto de ingreso mínimo garantizado.

"La petición es bien simple", dijo en conferencia de prensa el ministro de Desarrollo Social Sebastián Sichel. "Si esto se pone en tabla, podemos aprobar este proyecto de ley si tiene las mayorías suficientes esta semana, y eso significa que en abril podemos estar pagando este subsidio".

El miércoles 6 de noviembre el Mandatario Sebastián Piñera anunció la firma del proyecto de ley que establece un ingreso mínimo garantizado de para los trabajadores que tienen turnos de jornada completa.

Originalmente la propuesta establecía un subsidio para aquellos que tienen un salario menor a los $350.000 pesos y superior a $301.000 para llegar a los $350.000 brutos. Sin embargo a principio de diciembre el Ejecutivo ingresó a la Cámara nuevas indicaciones en los que se propone cambiar la remuneración bruta mensual de los beneficiarios y dejar el rango igual o superior a 301.000 pesos e inferior a $384.363, con un aporte máximo de $59.200 pesos.

Actualmente el proyecto está en Segundo Trámite Constitucional en el Senado y ya tiene "urgencia de discusión inmediata". Revisa el proceso en este link.

Según las indicaciones el subsidios mensual, de cargo fiscal, será para:

-Trabajadores dependientes regidos por el Código del Trabajo.

- Trabajadores con contrato de trabajo vigente y afectos a una jornada ordinaria de trabajo conforme al inciso primero del artículo 22 de dicho Código y que sea superior a 30 horas semanales.

-Para aquellos trabajadores dependientes señalados en el artículo 1°, cuya remuneración bruta mensual sea igual o superior a $301.000 e inferior a $384.363

Calculamos los siguientes montos de ingresos brutos y subsidios asociados, según la fórmula que proponen las nuevas indicaciones:

Revisa todos los detalles e hitos de la tramitación del proyecto aquí

1) Una persona que percibe un ingreso de $301 mil, recibiría $59.200. Este último monto no tendrá ningún tipo de descuento, si no que va directo e íntegro al bolsillo del trabajador

*Remuneración bruta: $301.000 pesos - descuentos mínimos (Previsión y Salud) x 0,8=

240.800 sueldo líquido + Subsidio de $59.200 =

300.000 ingreso líquido final

 

2) Una persona que percibe un ingreso de $310 mil, recibiría aproximadamente $52.809 mil. Este último monto no tendrá ningún tipo de descuento, si no que va directo e íntegro al bolsillo del trabajador

*Remuneración bruta: $310.000 pesos - descuentos mínimos (Previsión y Salud) x 0,8=

248.000 sueldo líquido + Subsidio de $52.809 mil pesos=

300.809 ingreso líquido final

 

3) Una persona que percibe un ingreso de $325 mil, recibiría aproximadamente $42.158 mil. Este último monto no tendrá ningún tipo de descuento, si no que va directo e íntegro al bolsillo del trabajador

*Remuneración bruta: $325.000 pesos - descuentos mínimos (Previsión y Salud) x 0,8=

260.000 sueldo líquido + Subsidio de $42.158 mil pesos=

302.158 ingreso líquido final