Y en invierno los chilenos nos preparamos para tener unos meses temperados. Es en esta época donde habitualmente se consume más electricidad debido a cantidad de horas sin luz natural y a la necesidad de calefaccionarnos. Pero ¿sabías que durante este tiempo hay un recargo por consumo de invierno en la cuenta de la luz?
El llamado Límite de Invierno es definido como el monto en dinero hasta donde se factura una tarifa de energía base o tarifa normal. Sobre ese límite la empresa puede cobrar un recargo adicional, el que se aplica:
1. En los meses en que el consumo mensual supere los 430 kWh.
2. A las tarifas BT1A y TRAT1.
3. En hora punta, es decir entre el abril y septiembre de 18.00 a 23.00 horas.
¿Cómo se Calcula?
La Superintendencia de Electricidad y Combustibles informa que el Límite de Invierno se calcula sacando el promedio de consumo de los meses en que no se aplica la tarifa de hora punta (octubre a marzo), más el 20% de ese monto.
-Si el Límite de Invierno es igual o menor a 430 kWh, el recargo se aplica cuando el consumo mensual es mayor a 430 kWh.
-Si el Límite de Invierno es mayor a 430 kWh, se aplica el recargo cuando el consumo mensual es mayor al Límite de Invierno.
Por ejemplo:
Saca primero el promedio de tu consumo en los meses que no se aplican las horas punta, es decir entre octubre y marzo)
Meses Fuera horario Punta y energía consumida (kWh):
Octubre: 455
noviembre: 380
diciembre: 420
Enero: 415
Febrero: 383
Marzo: 430
Promedio de consumo: 2483:6
= 413,8 + 20%
= 496 kWh
Tu límite de invierno entonces es 496 kWH y por tanto, cuando consumas más de ese valor la empresa podrá activar el cobro adicional en la boleta.
El valor mínimo que puede tener el Límite de Invierno es de 350 kWh, aunque tu promedio de consumo en los meses sin tarifa de hora punta sea menor a eso. Pese a ello, entre los 351 y los 429 kWh no se te cobrará un extra.