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Retiro del 10%: Revisa las cifras de solicitudes, rechazos y pagos en cada una de las AFP y algunas preguntas claves sobre el proceso

Más de 8,5 millones de personas han recibido dinero luego de hacer la solicitud. Revisa aquí 8 preguntas sobre el proceso y sus respuestas.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs) han recibido casi 10 millones de solicitudes para hacer el retiro voluntario del 10% de los fondos de cuentas de ahorro. Eso reporta la superintendencia de Pensiones, entidad encargada de fiscalizar y regular las acciones tomadas por estas organizaciones.

De acuerdo a la información hasta el 2 de septiembre 8.574.246 personas ya habían recibido la primera cuota del pago, con una suma de $1.199.917 promedio por persona. Además, se reporta que 8,3% de las solicitudes hechas no se han aceptado debido a problemas con los datos entregados o los requisitos de la cuenta inscrita para recibir el dinero.

En cuanto a los datos diferenciados según AFP, vemos que Provida es la que ha recibido más solicitudes de retiro (más de 3 millones) y ha hecho más entregas de este, más de 2 millones.

La AFP que acumula más rechazos es PlanVital, con 322.885 peticiones en ese estado. Puedes revisar las cifras de cada una de las administradoras a continuación:


8 preguntas importantes

1. ¿Quiénes pueden retirar sus fondos?

Pueden hacerlo los afiliados que cuenten con saldo en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias en una AFP, quienes poseen una cuenta de capitalización individual de afiliado voluntario, los pensionados que estén recibiendo una renta temporal o retiro programado por vejez, vejez anticipada o invalidez transitoria o definitiva y los beneficiarios de pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado.

2. ¿Hasta cuándo se podrá hacer la solicitud de retiro?

El plazo será por 365 días a contar del jueves 30 de julio de 2020. Es importante recordar que este retiro sólo podrá hacerse una vez.

3. ¿Cómo se hace el pago?

Hay cinco modalidades de pago: transferencia a la cuenta de ahorro voluntario (cuenta 2), depósito en una cuenta bancaria de la cual el afiliado sea el titular (como cuenta corriente, vista o de ahorro) o de instituciones financieras como cooperativas de ahorro y crédito, depósito en una cuenta de provisión de fondos en cajas de compensación, medios de pago en efectivo según las AFPs que ofrezcan esa alternativa a sus afiliados y aquellas personas que no tengan opción de depósito en las primeras modalidades o no quieran depositar el dinero en una cuenta de ahorro voluntario, tendrán que revisar los canales de pago dispuestos por su AFP.


4. ¿Cuál es el plazo de entrega del dinero?

El gerente general de la Asociación de AFPs, Fernando Larraín, dijo que se estima que para el 13 de agosto se paguen 3 millones de solicitudes de retiro del 10%.

Esto depende de si la solicitud es aprobada y de cuánto desea retirar, en la web de la superintendencia de Pensiones lo explican de la siguiente manera:

"Una vez que la administradora entrega el comprobante de solicitud de retiro al afiliado o beneficiario, desde esa fecha (incluida) comienza a regir el plazo para el pago de los fondos, que es de hasta 10 días hábiles. Durante esos 10 días hábiles, la AFP debe realizar en un período de cuatro días hábiles un proceso de revisión y validación de la información que entregó la persona e informarle si fue aprobada o rechazada.

  • Si fue aprobada, tiene el resto de los días hasta el décimo día hábil para pagar el retiro de los fondos. Si la persona retira hasta 35 UF (aproximadamente $1.000.000), el pago se hará en una sola cuota.
  • Si la persona retirará más de 35 UF, la entrega de los fondos solicitados se efectuará en dos pagos y con los siguientes plazos:
  1. El 50% en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la fecha de la presentación o ingreso de la solicitud de retiro.
  2. El 50% restante en el plazo máximo de 30 días hábiles contados desde la fecha del primer pago".

5. ¿Por qué podrían rechazar mi solicitud, y qué debo hacer si eso ocurre?

Cuando la solicitud es rechazada la AFP debe explicar claramente las razones de esa decisión, así, la persona podrá ingresar la petición nuevamente. Fernando Larraín, gerente general de la asociación de AFPs planteó en canal 24 Horas los dos problemas principales en las solicitudes: la cuenta a depositar debe ser personal y la cédula de identidad debe estar al día. "Ha pasado en varios casos que los carnets estaban vencidos, pero que la persona había iniciado el trámite de renovación y producto de la pandemia nunca fueron a buscar esas cédulas... y al emitir la nueva cédula, el Registro Civil anula anterior", explicó.

Si tu solicitud es rechazada, puedes ingresar nuevamente a la web de tu AFP y completar el formulario. Puedes encontrar más información en la siguiente nota:

6. ¿Cuánto se puede retirar?

El monto máximo de retiro tiene un tope de 150 UF (unos $ 4.300.000) y un mínimo de 35 UF (unos $ 1.000.000). En el caso que los fondos acumulados en la respectiva cuenta de capitalización individual obligatoria sean inferiores a las 35 UF, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos acumulados en dicha cuenta.

Las limitaciones para el retiro son las siguientes:

  • Si una persona tiene menos de 35 UF (aproximadamente $1.000.000) en su cuenta de ahorro obligatorio en la AFP, podrá retirar la totalidad de los fondos de la cuenta.
  • Si tiene un saldo igual o superior a 35 UF, pero menor o igual a 350 UF (aproximadamente entre $ 1.000.000 y $ 10.000.000), podrá retirar 35 UF.
  • Si tiene un saldo mayor a 350 UF, pero menor o igual a 1.500 UF (es decir, entre $ 10.000.001 y $ 43.015.000, aproximadamente), podrá retirar el 10% de sus fondos.
  • Si una persona registra un saldo de más de 1.500 UF (aproximadamente $ 43.015.000), podrá retirar como máximo 150 UF (alrededor de $ 4.300.000).

El dinero no tendrá comisiones o descuento alguno por parte de las AFP.

7. ¿Puedo arrepentirme de la decisión o cambiar la cantidad a retirar?

Para hacerlo debes comunicarte con su AFP antes de recibir el primer pago. Una vez entregado ese monto, no se podrá retractar la solicitud.

8. ¿Cómo funciona y se puede pedir la retención del 10% por pensión alimentaria impaga?

La única excepción que podría permitir descuentos al retiro del 10% es debido a pensión alimentaria impaga. A quienes las mantengan se les podrá retener dinero para costear sus deudas.

El trámite se realiza a través del Poder Judicial completando una serie de datos y adjuntando documentos para verificar la situación y realizar la retención. Puedes encontrar una guía para realizar ese proceso en la siguiente nota:

Datos

Esta nota fue elaborada a partir de los datos publicados en la web de la superintendencia de Pensiones.

Foto: Agencia Aton.